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Voto. Candidatos, miembros de las juntas, observadores podrán circular.Archivo

Actores políticos y transporte, exentos del toque de queda

El nuevo decreto modifica las restricciones de movilidad en tres zonas

El presidente Guillermo Lasso modificó el Decreto Ejecutivo 824 del pasado 24 de julio. Incluyó dos excepciones al toque de queda que rige en tres zonas del país, debido al incremento de la violencia y tras el crimen del alcalde de Manta, Agustín Intriago.

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Según el nuevo decreto 386, el toque de queda no rige para los actores políticos y los conductores de transporte terrestre público de pasajeros.

Como actores políticos se incluyen los funcionarios electorales, miembros de las Juntas Receptoras del Voto, delegados de organizaciones políticas, observadores, los actores que participen en el proceso de elecciones del 20 de agosto próximo.

El pedido de excepción para la movilidad al personal electoral fue realizado por Diana Atamaint, presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), el 3 de agosto pasado.

Ese mismo día, el presidente redactó un nuevo decreto en donde hizo los ajustes. La idea es que cada persona que, por ejemplo, se encuentre en las mesas de escrutinio pueda regresar a su casa sin problema o que los observadores puedan hacer su labor sin riesgo de arresto.

Para el resto de la población de Manabí, Los Ríos y Durán en Guayas, la restricción de movilidad, así como de asociación, se mantiene de 21:00 a 05:00.