
Seguridad jurídica: el dilema del pacto con EE.UU.
Dos posturas ante la necesidad de un convenio que fije los términos de la colaboración bilateral
Las dudas quedaron sembradas. El exembajador de Ecuador en los Estados Unidos, Francisco Carrión, al dejar su cargo en Washigton, sostuvo que debe haber un acuerdo “vinculante entre las partes” sobre los vuelos periódicos que realiza, desde 2018, el avión Orión P3 de Estados Unidos para contrarrestar las operaciones del narcotráfico en las rutas que ha establecido en el mar.
¿Cuál es la diferencia en que haya un convenio y en que no lo haya? Existen criterios divididos al respecto. Sin embargo, la posición más recurrente es que debe haber un documento firmado en el que se determinen o se expongan en qué consiste el acuerdo de las dos partes, en este caso, Ecuador y Estados Unidos, para el trabajo unificado de lucha contra el narcotráfico y las responsabilidades que cada parte tiene.
El asambleísta del Partido Social Cristiano (PSC), Henry Cucalon, considera que es fundamental contar con un convenio para conocer lo que hayan convenido las partes, el objeto del acuerdo y sus atribuciones con respecto a las tareas que se van a desplegar.
Aclara que el hecho de que haya un convenio para la utilización de infraestructura ecuatoriana no representa una violación constitucional, porque no es que se establecerá una base en nuestro territorio.
Similar criterio tiene el abogado internacionalista y catedrático, Juan Pablo Albán. Sostiene que la posición del exembajador Carrión es la correcta porque con un documento las partes saben a qué atenerse y cuáles son sus deberes y obligaciones dentro de un convenio.
Aseguró que es necesario la celebración de un tratado bilateral, o un acuerdo simplificado, es decir, un tratado celebrado de manera verbal pero de lo cual se deje constancia, a través, de las respectivas cartas rogatorias (La Carta Rogatoria también llamada “Comisión Rogatoria” o “Exhorto Internacional“ es un medio de comunicación procesal entre autoridades que se encuentran en distintos países y que sirve para practicar diversas diligencias en el lugar en que el juez del conocimiento no tiene jurisdicción), que tienen lo acordado.
“Sino existe ese acuerdo, luego el exigirle a los Estados Unidos por parte de Ecuador el cese de las actividades o la modificación de los criterios de esas actividades va hacer muy complejo”, aseguro.
Posiciones que no son compartidas por el catedrático e internacionalista Sebastián Mantilla. A su criterio las operaciones que se han hecho entre Estados Unidos y Ecuador han estado debidamente sustentadas, ya que existirían convenios firmados con el Ministerio de la Defensa e incluso con el Ministerio de Gobierno.
Considera que el trabajo que llevan adelante las dos países no se lo debería ver como violación de la soberanía, sino desde el punto de vista que estas acciones traen al país, en cuanto al control del narcotráfico y del territorio nacional, que no se lo ha podido realizar porque el Ecuador no tiene las facilidades ni la tecnología para llevar adelante aquello.
Sostiene que en los acuerdos a los que hayan llegado los países deben estar claro los, alcances que cada uno tiene, sin necesidad de un documento de por medio. El jurista rechazó la posición asumida por el exembajador Francisco Carrión.
DATOS.
Acuerdo
Ecuador permite que aviones norteamericanos operen en la lucha contra el narcotráfico y la pesca ilegal.
Aclaración
El ministro de Defensa, Oswaldo Jarrin aclara que no son bases militares.
Renuncia
El embajador FranciscoCarrión renuncia a la embajada en Washington y dice que se debe firmar una cuerdo vinculante.