Alausí: El 10 de marzo se recomendó declarar la emergencia por movimiento de masa
El COE cantonal advirtió la necesidad de precautelar la vida y bienestar de la ciudadanía
La situación era conocida y sus efectos inminentes. El Comité de Operaciones de Emergencia de Alausí resolvió el 10 de marzo pasado “recomendar al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Alausí la declaración de situación de emergencia para poder actuar en las zonas de afectación por el evento adverso de movimiento de masa (tierras y otros elementos) que se suscita en el sector de Casual”.
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Leer másCinco días después, el alcalde de ese cantón de Chimborazo, Aurio Rea, firmó la resolución de la declaratoria de emergencia de esa jurisdicción. “Que, es necesario precautelar la vida y bienestar de la ciudadanía, que está siendo afectada por el evento adverso movimiento de masa que se suscita en el sector de Casual, parroquia matriz del cantón Alausí. En observación a los procedimientos legales y acogiendo la recomendación del COE Cantonal de Alausí y los informes de las Mesas Técnicas”, se lee en los considerandos de la resolución municipal.
En el primer punto de la resolución se establece: “Declarar en Situación de Emergencia al cantón Alausí por el lapso de sesenta días, a fin de atender de manera urgente las adquisiciones y contrataciones que han surgido de manera imprevista para prevenir, reaccionar y mitigar la emergencia en las zonas de afectación por el evento adverso movimiento de masa”.
En el punto dos, se determina: “Disponer a la Dirección Financiera del GADMC-Alausí ejecutar las acciones presupuestarias necesarias y suficientes para cubrir la presente declaratoria de emergencia en estricto apego a la normativa legal vigente”.
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Leer másEn la siguiente disposición del documento consta: “Por la magnitud de la situación de emergencia suscitada en el cantón Alausí, se expresa que no es posible llevar a cabo procedimientos de contratación comunes, por lo que el Gobierno Municipal del cantón Alausí efectuará contrataciones de manera directa: obras, bienes o servicios, incluidos los de consultoría, que se requieran para superar la situación de emergencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley del Sistema Nacional de Contratación Pública”.
Un día después de la declaratoria de emergencia, el Cabildo impulsó un proceso de contratación pública, bajo el régimen de emergencia. Por su naturaleza, aún no constan los detalles de las contrataciones.
En el documento también se enfatiza que para la aplicación de los mecanismos de contratación pública, “se deberá verificar una relación directa y objetiva entre la situación de emergencia y la urgencia de efectuar un procedimiento de contratación para suplir la necesidad actual y emergente que haya surgido como resultado de la situación de emergencia”.