Alias Bellito no podrá acogerse a los beneficios penitenciarios
La ley le prohíbe acceder a un régimen abierto o semiabierto
Alias Bellito no podrá acogerse a la prelibertad. La Unidad Judicial Especializada de Garantías Penitenciarias, en Guayaquil, determinó que Daniel Salcedo Bonilla, sentenciado en el caso Metástasis, no podrá optar a beneficios penitenciarios.
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Leer másEsta decisión se fundamenta en el tipo de delito cometido, ya que la ley ecuatoriana prohíbe el acceso a regímenes más flexibles (abierto o semiabierto) para quienes han sido condenados por delitos graves, como la delincuencia organizada, según se explica en un auto resolutivo del 29 de octubre, firmado por el juez ponente Jorge Aldás.
Salcedo fue sentenciado a 40 meses de prisión al acogerse a un procedimiento abreviado, en el cual aceptó su culpabilidad en el delito de delincuencia organizada, vinculado al presunto narcotraficante Leandro Norero, quien fue asesinado en la cárcel de Cotopaxi el 3 de octubre de 2022.
Caso de Daniel Salcedo
Este tipo de procedimiento aceleró el proceso judicial y permitió una sentencia directa el 30 de julio, ejecutoriada desde el 29 de agosto de 2024.
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Leer másEn el documento de la Unidad Judicial se precisa también que la pena de Salcedo empezó a contabilizarse desde el momento en que fue privado de libertad; es decir, desde el 17 de enero de este 2024.
En el escrito se detalla que el Bellito —como él se hacía llamar, según consta en el expediente— cumpliría el 100 % de su pena el 17 de mayo de 2027.
Según la Fiscalía General del Estado, Salcedo fue “planificador de estrategias ilegítimas destinadas a obtener la libertad de Leandro Norero por medio de ofrecimientos de sobornos a operadores de justicia. Además, expuso que planificaba delitos contra la administración pública en empresas como Petroecuador, CNEL, CELEC, IESS.