Alondra Santiago
Alondra Santiago, periodista.INSTAGRAM @ALOCUBA

Alondra Santiago: "estoy conversando con mis abogados para responder"

Santiago señala al Gobierno de Daniel Noboa de haber procedido de manera autoritaria en su contra

La periodista Alondra Santiago responderá a la decisión del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de Ecuador de retirarle la visa. En un tuit publicado la tarde de este martes 25 de junio señaló que se encontraba conversando con sus abogados y organismos internacionales para determinar las acciones a seguir.

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"Quiero agradecer a cada una de las personas que se están pronunciando sobre este atropello en mi contra y atentado a la libertad de prensa y de expresión", escribió al inicio de su publicación. Santiago confía y sostiene que la justicia determinará que el proceder del gobierno de Daniel Noboa en su contra "ha sido autoritario con intenciones de censurar mi trabajo periodístico".

Asimismo, la periodista cubana dio a conocer que esta noche, a las 19:00, realizará una transmisión en redes sociales para dirigirse a su audiencia y hablar sobre cómo los derechos y la libertad de expresión "de muchos están siendo mancillados por este Gobierno", afirma.

GERMÁN RODAS

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La decisión de retirar la visa a Santiago fue tomada, según la resolución a la que tuvo acceso este Diario, en base a un informe técnico que el Ministerio de Relaciones Exteriores solicitó, el pasado 12 de junio, a la Subsecretaría de Servicios Migratorios y Consulares. En este se señala que la periodista "ha cometido actos que atentan contra la seguridad pública y la estructura del estado". Dicho esto, el ente pidió al Viceministerio de Movilidad Humana revocar la visa de residente permanente de la periodista.

Luego de recibir dicho informe técnico, el Ministerio de Relaciones Exteriores ratificó su decisión por la vía jurídica, señalando que la periodista "ha cometido actos que atentan contra la seguridad del Estado, debidamente determinados por la autoridad competente", como reza el artículo 68 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana, en su inciso quinto, numeral tres.

En dicha resolución también se indica que, como parte de la decisión, se debe notificar a la autoridad de Control Migratorio para que, en el término de cinco días, inicie el proceso de deportación.

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