María Alejandra Vicuña
Diligencia. Casi una hora demoró la audiencia de la suspensión de la pena pedida por María Alejandra VicuñaKarina Defas

La apelación da un respiro a Vicuña para no ir a la cárcel

Ayer la Corte le negó la suspensión condicional de la pena. La exvicepresidenta y su abogada calificaron la resolución de política y no jurídica

A la abogada Ana María Ontaneda, defensora de la exasambleísta María Alejandra Vicuña, le tomó casi media hora argumentar por qué a su cliente se le debía aplicar la suspensión condicional del año de cárcel por concusión.

“Aquí no se pide el perdón de la pena sino que los efectos se suspendan a cambio de condiciones”, dejó en claro. Ella presentó a los jueces certificados de honorabilidad, documentos de las responsabilidades y obligaciones familiares, certificados de no poseer antecedentes, entre otros.

Que se cumplieron los cuatro requisitos que impone el artículo 630 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) para que su cliente no vaya a la cárcel, le dijo al tribunal.

Pero sus integrantes Marco Rodríguez (ponente), Daniella Camacho y Wilman Terán, demoraron menos de 10 minutos en resolver. Que ese beneficio penitenciario no correspondía a Vicuña, sentenciada en el caso ‘diezmos’, sentenciaron.

Es que Fiscalía y Procuraduría hablaron de conmoción y de lo grave del delito, como sustento para pedir que no den paso al pedido de Vicuña.

El fiscal subrogante Wilson Toainga mencionó a los jueces que la concusión, delito imprescriptible, es un acto de corrupción cuya gravedad supera fronteras. “Estamos frente a un delito grave”, repitió.

La Procuraduría reforzó. La conducta de la sentenciada es grave, cometió un delito contra la eficiencia de la administración pública, abusó de su función en un cargo de elección y ejecutó la conducta al exigir lo que no era debido, fue la fundamentación.

En su resolución oral los jueces consideraron que la defensa de Vicuña había justificado los numerales 1, 2 y 4 de la disposición legal. Pero coincidieron que Vicuña, con su accionar, lesionó la eficiencia de la administración pública.

Añadieron que se ha evidenciado que la exasambleísta y exvicepresidenta defraudó la confianza de los ciudadanos que le dieron el voto.

El juez Rodríguez expresó que la pena de un año y los componentes de la reparación integral, es la sanción.

La negativa de concederle la suspensión condicional no implica que la exvicepresidenta deba ser detenida de inmediato y llevada a la cárcel. Aunque están pendientes los pedidos de aclaración y ampliación de la sentencia, su defensa anunció la apelación del fallo. La Fiscalía y la Procuraduría también irán por ese camino porque no están de acuerdo con la condena impuesta.

Hasta que el recurso no sea resuelto por otro tribunal de jueces la exasambleísta deberá continuar presentándose en la Corte de Guayas. Y, si la apelación le fuese desfavorable, a Vicuña aún le quedaría el recurso de casación para impedir que la sentencia se ejecutoríe.

Y la exfuncionaria aseguró que utilizará todos los mecanismos que le permite la ley.

Antes de abandonar la Corte Ontaneda y Vicuña hicieron cuestionamientos. Uno de los reparos fue para el comunicado de la Procuraduría en el que se opone a la concesión del beneficio penitenciario.

En el texto se citó unas declaraciones del procurador Íñigo Salvador que señala que “el suspender la ejecución de la pena podría considerarse como una forma de legitimar y banalizar la corrupción, enviándose un mensaje errado a la ciudadanía, causando así un efecto adverso en la moral pública”.

Ontaneda se niega a pensar que sean sus palabras. Insistió en que la negativa de los jueces “no tiene fundamentos jurídicos, todos son políticos”.

A Vicuña le pareció extraño que el tribunal se tomase pocos minutos en resolver. Insistió que fue una sentencia política no jurídica.

Además del año de cárcel el tribunal condenó a Vicuña a pagar 173.180 dólares como indemnización al Estado. El extracto de la condena deberá también ser publicado en tres diarios de circulación nacional.