ARMA DE FUEGO
La Dirección de Control de Ar,mas de las Fuerzas Armadas es la encargada de otorgar los respectivos permisos para tener y usar un arma de fuego.Tomada del Ministerio de Gobierno

Toda arma de fuego requiere permiso para porte y tenencia

Está prohibido el uso para personas naturales o civiles, salvo excepciones. Toda arma incautada debe ser analizada y cotejada por peritos

El 18 de abril de 2018, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas ratificó mediante resolución 2018-122-AD-COMACO que "se encuentra prohibido a las personas naturales el porte de armas de uso civil a nivel nacional"; pero,  dentro del mismo documento se autorizó la transferencia de tenencia a porte o la renovación de porte de armas a ganaderos y camaroneros, debido a los constantes asaltos que sufren en sus localidades.

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En caso de que una persona tenga un arma de fuego sin el respectivo permiso podría incurrir en el delito de tenencia y porte de armas, tipificado en el artículo 360 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) que señala lo siguiente: La tenencia consiste en el derecho a la propiedad legal de un arma que puede estar en determinado lugar, dirección particular, domiciliaria o lugar de trabajo, para lo cual se requiere autorización de la autoridad competente del Estado. La persona que tenga armas de fuego sin autorización, será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a un año. El porte consiste en llevar consigo o a su alcance un arma permanentemente dentro de una jurisdicción definida, para lo cual se requiere autorización de la autoridad competente del Estado. La

persona que porte armas de fuego sin autorización, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años.

Un coronel en servicio pasivo de la Policía Nacional explica que en caso de que un arma de fuego sea encontrada en una vivienda y no exista legalmente su justificación en documentos, deberá ser decomisada y analizada por peritos del Laboratorio de Criminalística para saber su funcionamiento y si ha sido disparada últimamente. Incluso, señala que debe cotejarse con proyectiles que estén como evidencia para descartar o comprobar algún posible delito con esa arma. Y si el arma de fuego es una reliquia también debe constar el permiso donde se haga esa observación. 

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Referencial. Las armas que se dicen son una reliquia deben tener también un permiso con esa observación.tomado de Fiscalía
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En artículo 359 del COIP también sanciona el abuso de arma de fuego, a la persona que dispare contra otra, sin herirla, siempre que el acto no constituya tentativa, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años.

La Dirección de Control de Armas del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas es la encargada de vigilar la importación, exportación, comercialización, almacenamiento, comercio interior y fabricación de armas de fuego, municiones, fuegos de artificio, pólvoras o toda clase de explosivos, así como las materias primas para su fabricación. Además, controla los medios de inflamación como: guías para minas fulminantes y detonadores; productos y elementos de uso en guerras químicas o adaptables a las mismas.

Pero también hay sanciones para quien fabrique, suministre, adquiera, comercialice o transporte, sin la autorización correspondiente, armas de fuego, sus partes o piezas, municiones, explosivos, accesorios o materias destinadas a su fabricación. En el artículo 361 se establece una sanción de tres a cinco años de cárcel.

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El Ministerio de Defensa Nacional explica que de acuerdo al Reglamento a la Ley de Fabricación, Importación, Exportación, Comercialización y Tenencia de Armas, Municiones, Explosivos y Accesorios existen dos tipos de autorizaciones: el permiso de tenencia y el permiso de porte de armas.

"La autorización de tenencia de armas es el documento que determina las características más relevantes de las armas de propiedad de las compañías de seguridad privada, los bancos, los clubes de tiro, caza y pesca, de coleccionistas, deportistas y de las personas jurídicas legalmente autorizadas y registradas en la Dirección de Logística del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. Esta autorización se renueva cada cinco años".

Mientras que el permiso de tenencia de armas es el acto administrativo mediante el cual los Centros y Subcentros de Control de Armas otorgan el documento pertinente a las personas naturales y jurídicas para tener en determinado lugar (dirección particular o domiciliaria) las armas autorizadas.

Son los Centros y Subcentros de Control de Armas los que conceden la autorización pertinente a las personas naturales y jurídicas para llevar consigo o tener a su alcance las armas registradas, es decir, emiten el permiso de portar armas de fuego. Las de uso civil las podrán portar los ciudadanos de acuerdo a la función, actividad, lugar y justificación para la que fueron autorizadas.

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Los permisos de tenencia y porte de armas son otorgados por los Centros y Subcentros de control de armas de Fuerzas Armadas.Tomado del Ministerio de Defensa

Las personas naturales podrán obtener permisos para portar un arma para su defensa personal y otra para fines deportivos o cacería.

Las personas naturales que hayan obtenido el respectivo permiso para defensa personal podrán portar, con el arma autorizada, hasta el número de cartuchos correspondientes a la capacidad máxima de una alimentadora.

Defensa hace hicapié en que "toda persona, sin excepción e incluso los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo; tienen la obligación de registrar las armas de su propiedad y obtener los permisos para portarlas".

Los permisos individuales de portar armas para personas naturales y jurídicas tendrán 2 años de validez, y para su renovación deberán cumplir con los requisitos señalados en el acuerdo dictado por el Ministerio de Defensa Nacional.

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"El permiso para portar armas es personal, intransferible y válido en todo el territorio nacional sin embargo, no faculta para portarlas en manifestaciones, reuniones, asambleas, juntas y más actos públicos de cualquier orden".

El permiso de tenencia de armas de fuego a personas naturales faculta a la persona beneficiaria a poseer máximo dos armas de fuego en el domicilio a fin de obtener seguridad y además deberán cumplir la normativa vigente respecto a condiciones o medidas de seguridad para la tenencia de la misma. Para movilizarse con ella se deberá tener además el permiso de transportación que justifique la finalidad de llevarla consigo, como el caso de los deportistas de tiro.

El Ministerio de Gobierno señala que el permiso de tenencia está dirigido a personas naturales de nacionalidad ecuatoriana, con lo cual las personas beneficiarias obtendrán seguridad en su domicilio, cumpliendo con las normativas vigentes.