La Asamblea analiza hoy si cabe el pedido de juicio a Glas
Censura. El domingo 2 de julio la Asamblea censuró en ausencia al excontralor Carlos Pólit con el apoyo de 132 legisladores. El juicio político duró siete horas.
El oficialismo cree que no hay fundamentos para un juicio político para el vicepresidente Jorge Glas. “En forma general no he visto las pruebas”, señala el legislador de PAIS Hermuy Calle.
Hace dos semanas su coidearia Marcela Aguiñaga adelantó que, de lo que ha revisado, los elementos no son probatorios. “No hay acciones directas que el vicepresidente haya realizado y que sean causales para un juicio”, dijo en declaraciones públicas.
Es el panorama que precede a la reunión del Consejo de Administración Legislativa (CAL) prevista para hoy a las 16:00. En ella se tratará el pedido de juicio político presentado por el asambleísta Roberto Gómez, con el apoyo de 59 legisladores.
Uno de los escenarios es que el pedido se quede en el CAL, pero que el trámite se devuelva a CREO para su corrección y después podría no ser aprobado.
El documento lo presentó Roberto Gómez, jefe de la bancada de CREO-SUMA. El legislador es optimista: “Los requisitos están todos ahí, y también la oportunidad de que la Asamblea y el CAL sean vistos con buenos ojos por la ciudadanía”, sostiene.
La solicitud de interpelación se fundamenta en tres juicios penales: dos tienen sentencias y otro está en investigación. Pero en ninguno fue vinculado Glas.
Calle precisó que es complejo dar un pronunciamiento anticipado sobre el tema y que el CAL dará el trámite que corresponda. Pero “he escuchado por los medios que se trata de juicios a otras personas y eso lógicamente me parece una prueba insuficiente”, señaló a EXPRESO.
Gómez recuerda que “los oficialistas defendieron a ‘Capaya’ (Carlos Pareja), Delgado y Pólit hasta que no les quedó más que llamarlos traidores. Poco tiempo pasará antes de que el oficialismo también llame al vicepresidente traidor a la revolución”, añade.
La Corte debe emitir un dictamen
La Constitución señala que para el enjuiciamiento político del presidente o vicepresidente se requerirá la solicitud de al menos una tercera parte de la Asamblea.
Para iniciar el juicio se necesita el dictamen de admisibilidad de la Corte Constitucional. En 72 horas, concluido el procedimiento establecido en la ley, la Asamblea resolverá motivadamente con base en las pruebas de descargo. Para la censura y destitución se necesita el voto de las dos terceras partes de la Asamblea