Asamblea Nacional
Henry Kronfle clausuró la sesión del Pleno tras la reconsideración de las votaciones de dos mociones fallidas.CORTESÍA

La Asamblea Nacional abre el camino al virtual incremento del IVA

El Pleno de la Asamblea Nacional no alcanzó los 92 votos para ratificar el texto en el que negaron el incremento

En el Pleno de la Asamblea Nacional no alcanzaron los 92 votos para ratificar el texto sobre el Proyecto de Ley Orgánica para Enfrentar la Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica, aprobado el 6 de febrero del 2024, en el que negaron el incremento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) al 15% de forma temporal.

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Tampoco hubo los 70 votos para el allanamiento expreso a la objeción parcial el presidente Daniel Noboa, que planteó al alza del IVA al 13% de forma permanente y hasta el 15% de manera temporal.

Desde la mañana de este 9 de febrero del 2024 se desarrolló la sesión del Pleno del Legislativo de forma virtual para conocer y resolver el informe no vinculante sobre el veto parcial del presidente Daniel Noboa respecto al proyecto de ley.

La presidenta de la Comisión de Desarrollo Económico, Valentina Centeno, de Acción Democrática Nacional (ADN), dijo en su intervención que ADN se mantenía en respaldar a la propuesta del presidente Daniel Noboa para recaudar recursos y enfrentar el conflicto armado interno. “La postura de nuestra bancada es de apoyo a esta medida del Presidente en su lucha para mantener la paz en nuestro país, nuestro apoyo al IVA diferenciado”, sostuvo.

La legisladora mocionó la ratificación del texto de la disposición reformatoria primera del proyecto aprobado por el Pleno de la Asamblea el 6 de febrero de 2024. Es decir, el proyecto sin el alza del IVA. Con 78 votos favorables, 24 votos en contra, 0 blancos y 30 abstenciones, no se aprobó la ratificación.

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La última de siete parlamentarios en intervenir en el debate fue la legisladora Inés Alarcón, de ADN. Mocionó el allanamiento a la objeción parcial a la disposición reformatoria primera del proyecto, . Con 44 votos afirmativos, 82 negativos, 0 blancos y 10 abstenciones, no se aprobó la moción.

Blasco Luna, legislador de la Revolución Ciudadana (RC), presentó una moción de no allanamiento, para negar y archivar la objeción parcial a la disposición reformatoria primera del proyecto. Pero no fue tratada.

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Centeno mocionó la reconsideración de todo lo votado. Con 62 votos afirmativos, 71 negativos, 0 blancos y 0 abstenciones, no fue aprobada.

El artículo 64 de la Ley Orgánica de la Función Judicial determina que si la Asamblea Nacional no considera la objeción, no se allana expresamente o no se ratifica en su texto en el plazo señalado, se entenderá que se allanó, de manera tácita. El Presidente de la República dispondrá la promulgación de la ley y su publicación en el Registro Oficial.

El constitucionalista Ismael Quintana explica que al no pasar la reconsideración de las dos votaciones, de la ratificación y del allanamiento expreso, estas quedan en firme y existe un allanamiento tácito.

“Ya no hace falta que el Presidente espere los 30 días plazo porque la Asamblea ya ha tratado el veto y no tuvo los votos ni para allanarse ni para insistir. Una vez que el Presidente reciba (los resultados) de la Asamblea, él puede hoy o mañana disponer la publicación de toda la ley en el Registro Oficial. Lo del IVA y los demás impuestos creados”, puntualiza.

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