El despido por fuerza mayor requerirá el cierre total de la empresa, según la Ley de Apoyo Humanitario
La Asamblea da paso a la norma, pero rechaza 10 de las 32 objeciones del veto presidencial. Los bloques de la Revolución Ciudadana, SUMA e independientes suman apoyos para ratificar el texto del Legislativo frente a la propuesta oficialista
Pasada la media noche del jueves 18 de junio de 2020, el pleno de la Asamblea Nacional resolvió la objeción parcial del Ejecutivo al proyecto de Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria Derivada del Covid-19, calificado de urgente en materia económica.
De las 32 observaciones, los legisladores, con 69 votos, se allanaron en 22, y con 116 votos se ratificaron en 10, es decir, quedaron tal cual el texto aprobado en el seno legislativo. Los asambleístas del Partido Social Cristiano (PSC), se abstuvieron en las dos votaciones que se cumplieron. Entre ellas, la interpretación sobre cómo se puede recurrir en los despidos laboral al criterio de fuerza mayor. La propuesta del Ejecutivo ampliaba el margen de aplicación de ese precepto sin que hubiera necesidad de un cierre total de la empresa para terminar la relación laboral con trabajadores sin pago de liquidación. La Asamblea mantuvo el texto y rechazó esa interpretación. Por tanto, los despidos por fuerza mayor requerirán el cese total de actividades de la empresa.
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Leer másLa sorpresa en la votación la dieron los asambleístas de la Revolución Ciudadana (RC), SUMA y algunos independientes que prefirieron votar a favor de la ratificación de los textos que aprobó la legislatura, bajo el argumento de que los textos enviados por el Ejecutivo “son peores” que los que aprobó en su momento la mayoría gobiernista.
Con 116 votos afirmativos el #PlenoVirtual ratificó los textos de los artćulos 5, 9, 13, 15, 18, 26, 28, y las disposiciones reformatorias primera y tercera y la disposición interpretativa única del proyecto de #LeyApoyoHumanitario. pic.twitter.com/WGE71mEytH
— Asamblea Nacional (@AsambleaEcuador) June 19, 2020
Los legisladores se allanaron en el artículo 3, reducción del 25 % de las pensiones educativas; en el artículo 10, créditos productivos para la reactivación económica y protección del empleo en el sector privado; en el artículo 16, de los acuerdos de preservación de fuentes de trabajo; en el artículo 17, de la sanción al incumplimiento del acuerdo entre las partes; en el artículo 19, contrato especial emergente; en el artículo 20, de la reducción emergente de la jornada de trabajo; en el artículo 27, del acuerdo preconcursal; en el artículo 29, contenido; artículo 30, procedimiento excepcional del concurso preventivo; artículo 33, procedimiento excepcional de rehabilitación y en el artículo 34, de la prelación de créditos.
En cuanto a las disposiciones, se allanaron a las relacionadas con pensiones vitalicias, apertura de nuevos emprendimientos, emitir normativa por la Junta de Política Monetaria y Financiera, implementación de mecanismos tecnológicos para prestar servicios, gastos por concepto de turismo como gastos personales, límite de endeudamiento para GAD, emisión de resolución por el Directorio de Biess, procesos de terminación unilateral de contratos, prohibición iniciar procesos coactivos cuando existan pagos pendientes, vuelos a Galápagos, y la suspensión de procesos coactivos.
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Leer másSin embargo, la Asamblea se ratificó en su propia propuesta, rechazando las observaciones al artículo 5 sobre el no incremento de costos en servicios básicos por un año; el artículo 9, facilidades de pago a la Seguridad Social; el artículo 13, prohibición de terminación de pólizas de salud; el artículo 15, fijación de precios al consumo popular; el artículo 18, condiciones mínimas para la validez de los acuerdos; el artículo 26, de los procedimientos excepcionales; el artículo 28, del procedimiento y sobre la Disposición Reformatoria Primera y la Disposición Reformatoria Segunda, ambas relativas al teletrabajo, y la mencionada Disposición Interpretativa Única (despidos caso fortuito y fuerza mayor).
César Litardo al momento de suspender la sesión, dispuso que de inmediato se envíe el documento al Registro Oficial para su puesta en vigencia, al tiempo de manifestar “que el país necesitaba una ley que apoye su desarrollo”.