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Aunque se ha priorizado el trabajo telemático, hay defensores que asisten presencialmente.CORTESÍA

Un Estado que asume la defensa de indisciplinados

Defensores públicos asistieron al 38 % de los detenidos por desacato al toque de queda. Expertos resaltan garantía constitucional

Un colmo de males. En el primer fin de semana de vigencia del último estado de excepción decretado por el Gobierno, que se aplica en 16 provincias por el incremento de casos de COVID-19, el Estado se ha visto obligado a ejercer la defensa del 38 % de los detenidos que presuntamente irrespetaron las medidas dispuestas durante el confinamiento.

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La Defensoría Pública del Ecuador (DPE) debió acudir a 101 audiencias que se realizaron a nivel nacional, en las que se formularon cargos a personas que fueron aprehendidas durante el toque de queda, que restringe obligatoriamente la movilidad humana y vehicular desde las 20:00 del viernes hasta las 05:00 del lunes. La medida rige desde el 23 de abril hasta el próximo 20 de mayo.

De las 101 audiencias, 46 casos estuvieron relacionados con detenidos por el delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente (antes conocido como desacato) que, según el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), es sancionado con uno a tres años de cárcel. Una cifra que podría aumentar en el segundo fin de semana de confinamiento y mover nuevamente a defensores públicos para patrocinar a quienes incumplen las disposiciones emanadas por las autoridades, que buscan bajar la carga viral y descongestionar los hospitales saturados por pacientes afectados por la COVID-19.

Una defensa que está garantizada por mandato constitucional. “Toda persona aprehendida tiene derecho a que se le designe un abogado, en caso de no poder contar con un abogado privado para garantizar el acceso a la justicia y principalmente el debido proceso”, explica Ángel Torres Machuca, defensor público general de la DPE, una institución que tiene como finalidad proveer una asistencia legal gratuita a los ciudadanos más indefensos y vulnerables.

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De los 46 casos patrocinados por la DPE, no todos fueron a la cárcel. “A algunos les impusieron medidas cautelares alternativas, a otros la prisión preventiva, a otros investigación previa y pocos fueron declarados inocentes”, detalla el funcionario.

Billy Navarrete, director ejecutivo del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH), recuerda que el Estado tiene la obligación de garantizar la defensa si el acusado no tiene condiciones para pagarla por cuenta propia. Eso, independientemente de las circunstancias actuales.

“En este caso, lo que cabe es que la defensa pública está cubriendo esa garantía que es de derechos humanos, que tiene rango constitucional, independientemente de lo que haya hecho el acusado (...)” o detenido, explica el activista.

Con él concuerda el abogado Santiago Sánchez, experto en Derecho Penal y Constitucional, al partir de la premisa de que “todo ciudadano ecuatoriano y extranjero tiene derecho a la legítima defensa; y, de no contar con un abogado particular, el Estado le asignará uno de oficio”. Sin embargo, resalta que al encontrarnos en un estado de excepción se restringen derechos como movilidad, libertad, asociación, etc. Y en el caso de los infractores, si no llegasen a probar cuál fue la necesidad de trasladarse, deben ser sancionados con el máximo rigor de la ley.

“No debe haber excepción de persona. Y si le faltaron el respeto a la autoridad, deben considerarse agravantes para que la pena sea más rigurosa, independientemente de que en lo posterior puedan acogerse a un procedimiento abreviado, que es la pena mínima o pedir una sustitución condicional de la pena”, ilustra el jurista.

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Cree que el Estado debería marcar un precedente con la sanción. Ser más rigurosos al contemplar no solo cárcel, disculpas públicas, sino además trabajos comunitarios, sin distinciones. “No hacerse de la vista gorda” cuando los infractores son autoridades o funcionarios públicos, que “rompen con el deber objetivo de cuidado”, atentan al derecho a la salud y a la vida, con reuniones que están prohibidas en el confinamiento.

“Tenemos una alarma en todo el país por el tema de pandemia, pero es lamentable lo que ocurre con los fiesteros, las quinceañeras, matrimonios (...) Vamos a seguir aumentando el contagio y las personas fallecidas (...) No es posible que médicos y enfermeras estén doblando trabajo para salvar vidas y que un par de irresponsables tiren todo ese trabajo médico abajo”, sostiene Sánchez.

Lo dice por testimonio propio. El martes 27 de abril sus padres fueron dados de alta, tras permanecer 22 días hospitalizados con COVID-19. La irresponsabilidad de un pariente cercano, como así lo reconoce, los llevó a vivir momentos angustiosos por el contagio de cinco familiares.

EL DETALLE

Defensores. La DPE cuenta con 700 defensores a nivel nacional. Cada uno lleva una carga aproximada de 300 casos anuales.

LOS CASOS

Dos zonas con mayor demanda

Fueron Esmeraldas y Pichincha las provincias que tuvieron mayor número de audiencias. En la primera se registraron 19, y en 18 de ellas se dictaron medidas de prisión preventiva. Mientras que en Pichincha se desarrollaron ocho audiencias de flagrancia, de las cuales solo en una se dictó la medida privativa de libertad.