ARMAS ECUADOR
El nuevo decreto de estado de excepción dispone la requisición de bienes de origen ilícito.ARCHIVO

Bloque de Seguridad podrá incautar y usar armas de origen ilícito, según decreto

En el nuevo decreto de estado de excepción, se dispone la requisición de bienes de origen ilícito, como armas de fuego

Solo de ser necesario. El presidente Daniel Noboa ha decretado este 2 de julio un nuevo estado de excepción en siete localidades del país por grave conmoción interna y conflicto armado interno. La medida constitucional, que cuenta con el aval de juristas internacionales, además de suspender dos derechos, como el de la inviolabilidad de domicilio y la libertad de asociación y reunión, también estipula la requisición de bienes de origen ilícito.

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Así se lee en el articulo seis del documento integrado por 49 paginas, con el que el Gobierno de Daniel Noboa no solo dispone mantener a los militares en las calles de las provincias y cantones más violentos del país, como Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro y el cantón Camilo Ponce Enríquez, en Azuay, también las requisiciones de bienes ilícitos.

"Disponer las requisiciones de bienes a las que haya lugar para mantener soberanía y la integridad del Estado en estas provincias... de conformidad con el ámbito territorial de aplicación de la presente declaratoria, especialmente las armas, sus partes o piezas, explosivos, municiones o accesorios de origen ilícito y sin permiso de porte o tenencia, previo su registro y pericias necesarias efectuadas por el ente responsable de la cadena de custodia", se ordena en el decreto ejecutivo N° 318.

En un pequeño inciso de aquel articulo, el Gobierno Nacional resalta que las requisiciones se harán en casos de extrema necesidad y en estricto cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente.

cárcel de Manabí
Durante la intervención la cárcel N°4 El Rodeo, en Manabí, se encontraron armas de fuego y hasta una impresora.Cortesía de las Fuerzas Armadas

¿Qué es la requisición?

La requisición es un término legal que se refiere al acto por el cual el Estado o una autoridad competente toma temporalmente posesión o control de bienes privados o servicios para satisfacer una necesidad pública urgente o en situaciones de emergencia. Este proceso suele estar regulado por leyes específicas que establecen las condiciones bajo las cuales se puede llevar a cabo la requisición. 

La requisición puede aplicarse en diversos contextos, como en crisis económicas, desastres naturales, conflictos armados, entre otros. En el caso de Ecuador, la Constitución, en su articulo 165, dispone que el Presidente de la República puede ordenar la movilización y "las requisiciones que sean necesarias".

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