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La vicepresidenta Verónica Abad no podría ejercer la Vicepresidencia, luego de que el TCE la sancionó con la pérdida de sus derechos políticos.
La vicepresidenta Verónica Abad no podría ejercer la Vicepresidencia, luego de que el TCE la sancionó con la pérdida de sus derechos políticos.Foto: EFE

La sentencia contra Abad: Un baipás a la Constitución para destituirla

Análisis| La sentencia del Tribunal de lo Contencioso Electoral contra la vicepresidenta sienta un nefasto precedente

El Tribunal de lo Contencioso Electoral (TCE) se ha erigido esta semana (mientras la Corte Constitucional no disponga lo contrario) como el organismo más poderoso de la nación. El único con la capacidad de destituir a un mandatario electo de la República de Ecuador por la simple voluntad de tres de sus integrantes y sin apegarse a las causales y a los mecanismos establecidos en la Constitución. 

El ministro de Gobierno, José De La Gasca, dijo que Daniel Noboa escogerá a uno de sus ministros para ocupar el cargo de la Vicepresidencia.

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Lo acaban de hacer, de hecho, con la vicepresidenta Verónica Abad, para satisfacción del presidente Daniel Noboa, que siempre la quiso fuera, y con la complicidad de sus constitucionalistas de bolsillo, que justifican el procedimiento. 

Acusada por la canciller Gabriela Sommerfeld de violencia política de género (una infracción electoral que ni siquiera debería figurar como tal), Abad ha sido privada de sus “derechos políticos” por un lapso de dos años. Y como entre esos derechos, que en la Constitución reciben el nombre de “derechos de participación” (artículo 61), figura el de “desempeñar empleos y funciones públicas”, la vicepresidenta ha quedado, en los hechos, cesada de sus funciones.

Se trata, por supuesto, de una burla al orden institucional de la República. Sólo la Asamblea Nacional tiene la facultad de destituir a un mandatario electo y, para ello, ha de sujetarse al estricto procedimiento y a las causales establecidas en la Constitución, que otorga exactamente el mismo trato al presidente y al vicepresidente. 

El Tribunal Contencioso Electoral trató le caso de Verónica Abad este 24 de marzo de 2025.
El Tribunal Contencioso Electoral trató le caso de Verónica Abad este 24 de marzo de 2025.Foto: René Fraga/ Expreso.

El pronunciamiento de la Corte Constitucional

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Hace apenas dos meses y a propósito del disparato desafuero de la ministra del Trabajo, Ivonne Núñez, que pretendió alejar a Verónica Abad de sus funciones mediante sumario administrativo, la Corte Constitucional recordó que los procedimientos y las causales para sancionar a un mandatario establecidos en la Constitución son taxativos, es decir, son esos y no otros.

Que el Tribunal de lo Contencioso Electoral no está destituyendo a la vicepresidenta, dicen los constitucionalistas de bolsillo del gobierno y los altos funcionarios de Carondelet: que nomás la está privando de sus derechos políticos. Es decir que Verónica Abad no ha perdido la Vicepresidencia, simplemente no la puede ejercer. Parece un chiste. 

Es como argumentar que Fulano no asesinó a Mengano, nomás lo privó de la vida; por tanto, no incurrió en delito penal alguno: una leguleyada construida sobre matices semánticos. 

El Derecho entendido como la ciencia de encontrar figuras jurídicas para burlar la ley alcanza niveles cada vez más sofisticados en la política nacional y es uno de los síntomas más nocivos de nuestra decadencia. En este caso, el hallazgo consiste en no violar la Constitución sino rodearla. 

Verónica Abad, vicepresidenta de Ecuador, enfrenta suspensión de derechos políticos tras la sentencia del Tribunal Contencioso Electoral.
Verónica Abad, vicepresidenta de Ecuador, enfrenta suspensión de derechos políticos tras la sentencia del Tribunal Contencioso Electoral.ARCHIVO EXPRESO

La sentencia del TCE

La sentencia del TCE hace exactamente eso: tiende un baipás. En la práctica, un mandatario privado de sus derechos de participación tiene que ser sustituido. Temporalmente, hasta que los recupere. Pero a los 90 días su ausencia se vuelve definitiva y pierde el cargo. En resumen: una vicepresidenta privada de derechos de participación por dos años es una vicepresidenta destituida. Pueden llamarlo como quieran.

Considérese ahora la gravedad del precedente que se está sentando en este caso. El país acaba de presenciar, en los chats de un consejero de Participación Ciudadana, el tipo de maniobras y conspiraciones políticas que partidos como el correísta tejen con el fin de alzarse con los organismos de control y de justicia. 

Riesgoso precedente

Mañana el correísmo en la oposición (o cualquier otro partido) se alza con el control del Tribunal de lo Contencioso Electoral y termina destituyendo al presidente de la República mediante denuncia por violencia política de género. El presidente me dijo sorda, podrá decir una asambleísta cualquiera, y con eso bastará. Al menos con eso bastó en el caso de Verónica Abad. El mecanismo del baipás es un expediente de desestabilización e ingobernabilidad para uso de conspiradores.

El Pleno del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) debe decidir si ratifica o deja sin efecto la sanción de quitarle los derechos políticos a Verónica Abad.

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Y lo otro: el alegre desparpajo con que el juez electoral Guillermo Ortega, primero, y luego el pleno del Tribunal de lo Contencioso Electoral que ratificó en todos sus puntos la sentencia de primera instancia, establecen los criterios para juzgar la violencia política de género. 

Según ellos, basta que un agravio (aunque no contenga estereotipos de género) sea lanzado contra una mujer, para que la jurisprudencia que deja sentada esta sentencia lo encuentre incurso en esa infracción. 

Si Verónica Abad dice que Gabriela Sommerfeld abusa de su poder, que tiene intereses oscuros, que la silencia y la censura, que la tiene secuestrada sin poder moverse, el Tribunal ve en ello una agresión sexista, agravada incluso por el hecho de que la victimaria también es una mujer. 

La canciller, sostienen los jueces, necesita ostentar una cierta autoridad moral, buena reputación y reconocimiento público para ejercer sus funciones. Y las críticas lanzadas en su contra atentan contra esos dones y, por tanto, le impiden ejercer su función con eficiencia. 

Ahora resulta que Gabriela Sommerfeld es una mala canciller por culpa de Verónica Abad. Y que cualquier ministra, cualquier asambleísta, cualquier funcionaria de sexo femenino, puede invocar esta jurisprudencia para llevar a sus críticos ante los tribunales. Incluso al presidente de la República.

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