Caso Duarte: ¿Por qué la Policía no puede intervenir vehículos diplomáticos?
La Ley sobre Inmunidades, Privilegios y Franquicias Diplomáticas prohíbe la retención de los bienes diplomáticos
El Ecuador es espectador. Tras la fuga de la exministra del correísmo María de los Ángeles Duarte de la Embajada de Argentina en Quito, mediante un comunicado, la Policía Nacional descargó su responsabilidad y explicó el por qué, pese que hay una patrulla permanente en el sector, no se detuvo a la exfuncionaria sentenciada por el caso Sobornos.
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Leer másEn su pronunciamiento, la institución policial indicó que "no tiene jurisdicción al interior de las instalaciones (de la embajada argentina), ni puede puede realizar procedimiento alguno en vehículos que tienen carácter diplomático (...)". Sin embargo, ¿por qué la Policía Nacional señala que no puede hacerlo? EXPRESO conversó con un internacionalista del tema.
"Sí es verdad que la Policía Nacional no podía entrar (a la Embajada de Argentina en Quito) ni tampoco un vehículo diplomático porque tienen inmunidad", explica Carlos Estarellas, jurista y exsubsecretario de Relaciones Exteriores. Además, indica que esto está contemplado, en principio, en la Convención de Viena, pero que la Ley sobre Inmunidades, Privilegios y Franquicias Diplomáticas del Ecuador también lo recoge en su artículo 40.
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Leer másDicho artículo cita que "los funcionarios consulares no podrán ser detenidos o puestos en prisión preventiva sino cuando se trate de un delito grave y por decisión de la autoridad judicial competente. (...) No podrán ser detenidos ni sometidos ninguna otra forma de limitación de su libertad personal (...)". Pese que no hay mención expresa de los vehículos, Estarellas señala que estos sí están incluidos en los efectos de esta normativa.
Además, el exsubsecretario de Relaciones Exteriores hace hincapié en que, si bien es cierto que la Policía Nacional no podía intervenir, en caso de haber presenciado la salida de María de los Ángeles Duarte, los uniformados sí debían informar a las autoridades superiores, en especial a la Cancillería de la República para las gestiones pertinentes.