Sinohydro
Defensa del expresidente Lenín Moreno se alistaba para pedir la revocatoria de la presentación periódica en el caso Sinohydro.RENÉ FRAGA

Sinohydro, uno de los pocos casos de connotación en los que avanza la Fiscalía

El Código Orgánico Integral Penal (COIP) da plazos para las investigaciones. Habla de un máximo de dos años para delitos con más de cinco años de pena

La demora en el procesamiento de sospechosos de posibles ilícitos por parte de la Fiscalía tiene varias lecturas de abogados y procesados. El caso Sinohydro, inicialmente bautizado como InaPapers, es una muestra de que no se cumple lo que dispone el Código Orgánico Integral Penal (COIP) en torno al plazo para las investigaciones previas. 

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En el COIP se establece que en los delitos sancionados con pena privativa de libertad de hasta cinco años, durarán hasta un año abiertos los expedientes; y en los de más de cinco años, la investigación previa se extenderá hasta dos años. Para el caso InaPapers, la denuncia se presentó en 2019 y solo casi cuatro años después la Fiscalía formuló cargos para 37 sospechosos del posible ilícito.

Diego Correa, defensor de uno de los procesados, destacó que la Fiscalía, bajo el principio de objetividad, está en la obligación de recopilar elementos de cargo y de descargo. Por lo tanto, debió verificar si el dinero recibido tenía un motivo lícito. “En el caso de mis clientes, fue por la prestación de un servicio. Esta verificación debía hacerse antes de formular cargos y peor pedir prisión preventiva”, señaló.

Fiscal Salazar
La Fiscal General, Diana SalazarCortesía

La Fiscalía debió verificar si el dinero recibido tenía un motivo lícito. En el caso de mis clientes, fue por la prestación de un servicio. Esta verificación debía hacerse antes de formular cargos.

Diego Correa, defensor de uno de los procesados.
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Para el excontralor Pablo Celi, sentenciado por delincuencia organizada, llamado a juicio por presunto cohecho en el caso Las Torres y citado a dar una versión en un expediente por desaparición de información, “esta es la práctica permanente de la Fiscal: abrir investigaciones sin sustento y mantenerlas abiertas por años sin ninguna acción investigativa seria, para utilizarlas cuando se presente una coyuntura política en la que puedan servirles para activar escándalos mediáticos”.

La honra se afecta porque el buen nombre de las personas queda en entredicho hasta que la investigación se cierra. Se afecta a la tutela judicial efectiva, porque se vulnera el plazo razonable.

Nicolás Salas, abogado penalista en libre ejercicio profesional.

María Teresa Torres, defensora en el caso Sinohydro, considera que mantener una investigación previa aperturada indefinidamente es un atentado contra la seguridad jurídica y causa un grave perjuicio a la honra de quienes son investigados; y que se mantiene este contingente por la falta de diligencia y cumplimiento de lo que la ley dispone.

En la mayoría de casos en los que he solicitado el archivo de este tipo de procesos, la respuesta, al parecer automática, es: lo solicitado se resolverá en el momento procesal oportuno.

María Teresa Torres, defensora en el caso Sinohydro.
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Ella citó los artículos 585 y 586 del COIP, que determinan los tiempos y presupuestos que se deben cumplir para el archivo de una investigación. “A pesar de que se cumplan todos los presupuestos para solicitar un archivo, la Fiscalía prefiere no hacerlo”, aseguró.

Otro caso que espera justicia es el de Edmund Chladek, quien este mes vendrá al país para constatar cómo avanzan las investigaciones que involucran al exfiscal Galo Chiriboga. El caso por la disputa del bien del ciudadano alemán, que hoy se valora en $ 1,5 millones, está en la Fiscalía. El uso doloso de documento falso habría prescrito. Por eso su defensa denunció posible peculado bancario. Cuestionan que el caso no avance con la celeridad de otros.