Los centros de mediación fijarán sus propias tarifas
El decreto Ejecutivo 165 otorga autonomía administrativa al sistema de arbitraje
El presidente Guillermo Lasso expidió el Reglamento a la Ley de Arbitraje y Mediación a través del decreto N° 165, publicado este jueves 19 de agosto de 2021.
En el documento, el presidente otorga autonomía a todos los centros de medicación. De forma concreta, el artículo 19.3 dice que los centros de arbitraje y mediación “tendrán plena autonomía para dictar sus normas reglamentarias, tarifas de servicios, honorarios, designar y conformar lista de árbitros y mediadores.
Con este decreto, Lasso deja sin efecto las disposiciones del Consejo de la Judicatura en donde se establecían los costos de los servicios de arbitraje. Por ejemplo, los litigios por temas sociales, como la fijación de pensiones alimenticias, tenencias de menores, ayuda prenatal, asuntos laborales y convivencia vecinal eran gratuitos. Los centros de mediación podían cobrar distintas tafias en casos de contratación pública, litigios de tránsito, temas mercantiles, y civiles.
En el Decreto se prohíbe que cualquier entidad “pretenda menoscabar” la autonomía administrativa y además se señala que los instructivos del Consejo de la Judicatura “podrán sugerir únicamente la implementación de las mejores prácticas, pero en ningún caso serán obligatorios”.