El CNE aprobó el fondo de promoción para la consulta por el agua en Cuenca
El monto total asciende a 26.157,78 dólares repartidos entre ambas opciones
El pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó la asignación del Fondo de Promoción Electoral para la Consulta Popular por el Agua, que se realizará en el cantón Cuenca, provincia del Azuay, simultáneamente a los comicios generales de este año. El monto otorgado asciende a un valor de 26.157,78 dólares más IVA y está autorizado el gasto correspondiente para la opción ‘Sí’ por $ 13.078,89 y el mismo monto para la opción ‘No’.
Un debate con nada de debate
Leer másEn #PlenoCNE aprobamos la determinación y asignación del Fondo de Promoción Electoral para la Consulta Popular por el Agua en Cuenca. El monto será de USD 26.157,78 y se distribuirá de forma equitativa entre quienes fueron calificados. pic.twitter.com/TJApge9kTS
— José Cabrera Zurita (@jr_cabreraz) January 9, 2021
Para el desarrollo de este proceso electoral, informó el CNE, la Junta Provincial Electoral del Azuay calificó a tres organizaciones políticas y cinco organizaciones sociales para participar en la Consulta Popular por el Agua en Cuenca.
Por lo que, en aplicación de lo dispuesto en la normativa, así como la determinación del Fondo de Promoción Electoral para cada opción, se efectúa la asignación de la siguiente manera: para la opción ‘Sí’ a las organizaciones Alianza Azuay Primero, Fundación Alliwiñay, Fundación Savia Roja, movimiento CREO y Partido Unión Popular. Mientras que para la opción ‘No’ a Asociación de Producción Textil Veinte y Cuatro de Junio de la Victoria del Portete ‘Asoprotexvi’, Asociación Turística Francés Urco y Colegio de Ingenieros Geólogos y Minas del Azuay.
Luego de conocer el informe técnico realizado por la Dirección Nacional de Promoción Electoral del CNE, el pleno del Consejo Nacional Electoral resolvió asignar ese monto exclusivo de financiamiento estatal para la contratación de la publicidad electoral en prensa escrita, radio, televisión, vallas publicitarias y medios digitales, de acuerdo con lo que determina el artículo 5 del Reglamento de Promoción Electoral.