Trabajadores de CNEL
Los técnicos de CNEL instalan luminarias en Salitre.CNEL EP.

Conflicto laboral en CNEL: Desde el reclamo sindical hasta la sentencia de la Corte

La Contraloría debe recuperar 79.8 millones de dólares

La historia empezó el 28 de octubre de 2021. Entonces, 1.579 servidores públicos administrativos sometidos a la Ley Orgánica de Empresas Públicas de Ecuador (LOEP) decidieron ir tras los beneficios laborales de la contratación colectiva de los obreros de la Corporación Nacional de Electricidad (CNEL). Finalmente llegaron a ser 1.795 beneficiarios.

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¿Qué pasó con CNEL?

En esa fecha, como un reclamo sindical presentaron una acción de protección en contra del gerente general subrogante de CNEL EP.

Menos de un mes después, el 16 de noviembre de 2021, el juez de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón Puebloviejo, en Los Ríos, declaró la vulneración de los derechos a la igualdad y no discriminación y

a la seguridad jurídica. Y ordenó que, en el término de tres días, CNEL EP comunique a “todos los peticionarios” que pasarán a gozar de los beneficios del contrato colectivo. Triunfó el reclamo sindical. Posteriormente se rechazaron los recursos de apelación.

¿Cuánto dinero reclamaban los sindicalistas?

El 22 de febrero de 2023, en auto de mayoría, el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo de Guayaquil aprobó la liquidación, evaluada por la perita y determinó que CNEL EP pague 79.859.837,61.8 millones de dólares. Frente a eso, CNEL interpuso recurso de revocatoria el cual fue rechazado, el 12 de abril de 2023.

¿Qué hizo el Estado?

El 20 de septiembre de 2024, el Primer Tribunal de la Sala de Admisión de la Corte Constitucional admitió a trámite la acción extraordinaria de protección presentada el 13 de enero de 2022. Y negó los recursos interpuestos por los sindicalistas.

La norma

El artículo 26 de la LOEP establece que: “En las empresas públicas […] están excluidos de la están excluidos de la contratación colectiva el talento humano que no tenga la calidad de obreros en los términos señalados en esta Ley, es decir, los Servidores Públicos de Libre Designación y Remoción, en general quienes ocupen cargos ejecutivos, de dirección, representación, gerencia, asesoría, de confianza, apoderados generales, consultores y los Servidores Públicos de Carrera".

¿Qué resolvió la Corte Constitucional sobre CNEL?

A través de la sentencia 1788-24-EP/25, aprobada por unanimidad, el 14 de febrero de este 2025, la Corte Constitucional declaró la vulneración del derecho a la seguridad jurídica por parte del juez de Puebloviejo, Los Ríos, y de los jueces de la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Los Ríos, que dictaron la sentencia de mayoría de 14 de diciembre de 2021. Y dejar sin efecto esas sentencias.

También, disponer que CNEL recupere la totalidad de los valores pagados. La empresa pública incluso puede pactar, con cada beneficiario, la devolución mensual de los rubros que correspondan, a través de sus roles de pago y hasta por el plazo máximo de 36 meses.

Además, la Corte declaró que los jueces incurrieron en error inexcusable al desnaturalizar la garantía jurisdiccional. 

Asimismo, la Corte dispuso que la Contraloría General del Estado inicie de manera inmediata un examen especial con el fin de determinar las responsabilidades a que hubiere lugar.

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