El consejero Luis Verdesoto denuncia al candidato Andrés Arauz y otros por entrega de pruebas de COVID-19 en campaña
El funcionario presentó el recurso ante el Tribunal Contencioso Electoral, según lo informó en un comunicado
El consejero electoral, Luis Verdesoto, presentó ante el Tribunal Contencioso Electoral una denuncia por infracción electoral grave en contra de la alianza Unión por la Esperanza, informó a través de un comunicado, en el que señala como presuntos responsables al binomio presidencial integrado por Andrés Arauz y Carlos Rabascall; a Joseph Díaz, procurador común de la alianza UNES; y a Diana Cruz Murillo, jefa de campaña del movimiento.
Arauz suaviza el discurso y dice que está dispuesto a renegociar con el FMI
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— Luis Verdesoto (@LuisVerdesotoo1) January 30, 2021
Denuncié ante el @TCE_Ecuador presuntas infracciones electorales cometidas en la #CampañaElectoralEc por el Movimiento UNES que dan cuenta de la entrega de dádivas como la realización de pruebas #COVIDー19 (sin registro sanitario) a cambio de votos. #Elecciones2021Ec pic.twitter.com/1zmqj1yQuj
Este Diario solicitó una reacción al Departamento de Comunicación de la campaña de Arauz, pero hasta el cierre de esta nota no hubo respuesta.
El consejero los señala de transgredir el Reglamento para el Control y Fiscalización del Gasto Electoral al entregar dádivas, es decir, artículos promocionales que no están en la lista de los autorizados.
Como parte de sus argumentos, Verdesoto recoge, entre otros hechos, una noticia difundida respecto a una diligencia judicial mediante la cual se estableció que el fiscal Alaín Rea realizó la incautación y toma de evidencias de 350 pruebas de COVID-19 localizadas en la sede de la central de campaña del movimiento Centro Democrático en Tulcán. “Se informó que los militantes de dicha organización política no tenían documentos de importación, registro sanitario ni detalle de las pruebas COVID encontradas”. Y un hecho similar en Quito.
Las infracciones electorales graves serán sancionadas con multas desde 11 hasta 21 salarios básicos unificados, destitución y/o suspensión de derechos de participación desde seis meses hasta dos años.