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Un contrato verbal de trabajo es legalmente reconocido y puede ser respaldado por diferentes formas de evidenciaCANVA

Contrato verbal de trabajo: ¿Cómo se demuestra legalmente?

Microdosis legal. La legislación laboral prioriza la realidad de las actividades y acuerdos sobre la formalidad escrita

¿Es válido el contrato verbal de trabajo? Esta es una pregunta que surge con frecuencia en el ámbito laboral. La respuesta está en la ley. Según la normativa laboral, un contrato verbal de trabajo es perfectamente válido.

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Por ejemplo, si una persona acuerda con un empleador trabajar como mesero en un restaurante y comienzan a desempeñar las funciones acordadas sin firmar ningún documento, el contrato verbal establecido entre ambas partes es legalmente reconocido.

Sin embargo, es importante destacar que existen ciertas modalidades laborales donde se exige que el contrato se formalice por escrito. A pesar de esto, si el contrato verbal no se formaliza por escrito, esto no significa que el contrato se anule automáticamente.

En caso de que durante el contrato verbal se pacte un periodo de prueba y el empleador despida al trabajador, se entenderá que el despido se realizó sin justa causa. ¿Por qué? pues porque el contrato de prueba, que permite el despido sin indemnización durante los tres primeros meses, debe darse solo por escrito.

Es decir que, si un empleado acuerda verbalmente un periodo de prueba de dos semanas con su empleador y es despedido durante ese periodo sin razón justificada, el empleado tendría derecho a ser indemnizado como si tuviera un contrato a término indefinido.

Solo el trabajador puede alegar la nulidad del contrato de trabajo por falta de formalidad.

Además, el empleador no puede exigir que el trabajador cumpla obligaciones de un contrato que debía ser escrito pero no lo fue, aunque el trabajador sí puede reclamar sus derechos derivados de dicho contrato.

¿Cómo se prueba que existe una relación laboral sin contrato firmado?

La prueba de la existencia de una relación laboral sin contrato firmado se fundamenta en diversos principios y normativas legales que permiten acreditar la realidad de la relación entre trabajador y empleador mediante diferentes formas de evidencia.

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En muchos sistemas jurídicos, como en Ecuador, se aplica el principio de primacía de la realidad que establece que la verdadera naturaleza de las relaciones entre las partes prevalece sobre la forma escrita de los contratos. 

En el ámbito laboral, esto implica que la existencia de una relación laboral no depende exclusivamente de la existencia de un contrato escrito, sino que puede demostrarse mediante otras formas de evidencia que reflejen la realidad de la relación entre el trabajador y el empleador.

La existencia de una relación laboral sin un contrato firmado puede probarse mediante diversos medios. Por ejemplo, la presentación de evidencia documental como facturas, correos electrónicos, recibos de pago o cualquier otra forma de comunicación que demuestre la existencia de un acuerdo laboral entre el trabajador y el empleador.

Además, los testimonios de testigos pueden respaldar la existencia de la relación laboral. Por ejemplo, colegas de trabajo, clientes o cualquier otra persona que pueda atestiguar sobre la presencia y las funciones del trabajador en el lugar de trabajo.

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