“El control militar afuera de las cárceles no tiene trascendencia”
La consulta plantea que el control de armas sea permanente. Las Fuerzas Armadas ya tienen esa facultad. Solo sería una percepción de dominio
Una pregunta inoficiosa. Uno de los seis temas planteados y aprobados por la Corte Constitucional en la consulta popular es que las Fuerzas Armadas realicen controles permanentes de armas y explosivos en el perímetro de los centros penitenciarios del país.
Las posturas de Daniel Noboa: una como candidato, otra como presidente
Leer másAunque el Gobierno del presidente Daniel Noboa fundamenta la pregunta alegando una ausencia de control efectivo en las cárceles desde administraciones anteriores, expertos consultados por este Diario señalan que la misma no tiene ningún efecto significativo ni beneficio directo para la ciudadanía.
(Lo invitamos a leer: La Consulta, entre lo útil y el deber ser)
“Esta pregunta era innecesaria, ya que las Fuerzas Armadas tienen competencia sobre el control de armas, municiones y explosivos a nivel nacional”, explica el constitucionalista André Benavides, quien además dice que la pregunta solo especifica un área de intervención.
De hecho, en el oficio enviado a la Corte Constitucional, en el apartado de los considerandos, el Ejecutivo reconoce que la Ley de Fabricación, Importación y Exportación, Comercialización y Tenencia de Armas, Municiones, Explosivos y Accesorios establece que el control lo ejercen los militares.
Pese a ello, el Gobierno fundamenta su pregunta señalando que el control de armas tiene variaciones anuales, “siendo importante que continúe y sea permanente”; a la vez que reconoce que la ausencia de control efectivo en los centros carcelarios lleva tiempo.
(Le puede interesar leer: Consulta popular: menos preguntas resulta mejor que en exceso, dicen expertos)
Waoranis piden que se respete consulta popular
Leer másAsimismo, el Ejecutivo defiende la pertinencia de esta pregunta indicando que “los Estados tienen el deber ineludible de adoptar medidas concretas e inmediatas para garantizar los derechos a la vida e integridad personal de las personas que se encuentran bajo su custodia”.
Por su parte, en su análisis de constitucionalidad, la jueza ponente del primer pliego de preguntas, Teresa Nuques, precisó que el único efecto de esta propuesta es insertar una variable temporal al tipo de control ya existente en la norma de armas y explosivos por parte de las Fuerzas Armadas.
Pese a todos los argumentos expuestos por el Gobierno Nacional en su oficio enviado a la Corte Constitucional, la pregunta sigue sin evidenciar un cambio profundo en el control carcelario o beneficio directo para la ciudadanía en general, comenta Fernando Donoso, exministro de Defensa.
“Por ley los militares tienen la obligación de realizar ese tipo de controles en cualquier sitio, no solamente en los ingresos y exteriores de las cárceles”, insiste. Añade que tampoco hay un beneficio directo para la ciudadanía, más allá de la facultad de control que ya ejercen las Fuerzas Armadas.
(Lo invitamos a leer: "Estamos en un estado de guerra", las más recientes declaraciones de Daniel Noboa)
El manoseo de las consultas muta su espíritu
Leer másEl extitular del Ministerio de Defensa advierte que “las armas no ingresan por las puertas, sino camufladas en la comida y en los racionamientos” y que el control debería ser reforzado dentro de las centros penitenciarios, con el fortalecimiento del Cuerpo de Guías Penitenciarios.
Al igual que Benavides, sostiene que la aprobación de esta pregunta no tendría efectos profundos y que, desde una lectura política, únicamente pretende generar una percepción de control sobre los recintos penitenciarios, algo que, resaltan, se ejerce realmente desde el interior de las cárceles.
(Lea puede interesar leer: Estado de guerra en Ecuador, conflicto armado interno, terroristas: masticadito)
- La pregunta, con vGuardaristo bueno
Bloques escudan su combate al terrorismo con proyectos de ley
Leer másEn su dictamen, la jueza Teresa Nuques explicó por qué esta pregunta de la consulta popular del Gobierno Nacional logra superar el análisis de constitucionalidad, tanto de forma como de fondo.
Por ejemplo, señala que la misma trata de una sola materia y que la pregunta no es compuesta. Asimismo, se destaca que no se induce al lector a una respuesta específica y el lenguaje utilizado es neutro.
La jueza Nuques también señala que, pese a que la pregunta se enmarca en la Constitución, las Fuerzas Armadas, en caso de aprobarse la interrogante, deberán respetar los derechos fundamentales.