Una decena de entidades suspendieron la ejecución de plazos y términos
Las resoluciones alcanzan a procesos judiciales, administrativos y tributarios. Los tiempos empezarán a correr cuando se retomen las actividades.
Desde esta semana al menos 10 entidades dispusieron las suspensiones de términos y plazos en concordancia con la emergencia por el Covid-19, que colocó al Ecuador entre los países con presencia de contagios y víctimas mortales.
La Judicatura habilita ventanillas para casos de apremio por alimentos
Leer másSe trata de la Corte Constitucional, Corte Nacional, Consejo de la Judicatura, Fiscalía, Contraloría, Servicio de Rentas Internas (SRI), Superintendencia de Control de Poder del Mercado, Servicio Nacional de Aduana, Servicio Nacional de Derechos Intelectuales y Superintendencia de Compañías.
Algunas dependencias suspendieron la asistencia del personal administrativo como la Fiscalía, pero garantizaron el acceso a la justicia a través de sus unidades de flagrancia.
Otras como la Corte Constitucional, Nacional, Contraloría, SRI, suspendieron los términos y plazos previstos en la ley de Garantías Jurisdiccionales, para procesos judiciales (excepto en flagrancia), acciones administrativas, coactivas, en los procesos administrativos, tributarios y prescripciones de las acciones de cobro.
El catedrático Felipe Rodríguez explica que, en el caso de la Judicatura cuando dice que se suspenden los plazos y los términos quiere decir por ejemplo que, en un caso en que se debe presentar un recurso en cinco días, si las ventanillas no están atendiendo, si no hay un lugar donde presentar porque todo está paralizado, no le pueden exigir al usuario que lo haga dentro de ese tiempo. Eso significa que los tiempos se congelan.
Si cuando la resolución salió habían pasado dos días de ese tiempo, en cuanto las actividades se retomen, el plazo correrá desde ese día dos. Rodríguez aclaró que no es un borra y va de nuevo. Y cita otro ejemplo.
Si alguien tiene 15 días para contestar una demanda en el campo civil y cuando salió la resolución estaba en el día ocho, en el momento que se suspenden los plazos y términos quedó en el día ocho, cuando se retoman las actividades se cuenta desde ese día.
La jurista Lorena Grillo reitera que las decisiones de las entidades de justicia es muy importante porque hay acciones legales que se deben interponerse dentro de cierto tiempo. Al no estar funcionando las unidades judiciales no se pueden presentar y esos días quedan suspendidos para la gente que tenga que presentar acciones, demandas o recursos ante las autoridades administrativas y en el tema judicial también.
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Leer másCon las resoluciones quedan en suspenso los términos y plazos para contestar los pedidos de los jueces y otras autoridades cuando han notificado con alguna solicitud para que se pronuncien las partes.
Los tiempos vuelven a correr cuando se retomen las actividades. Grillo ratifica que se suspenderán plazos de caducidades de prisiones preventivas, estos días no van a contar los plazos en materias civiles y tributarias, excepto en violencia intrafamiliar, garantías constitucionales y flagrantes.