Coronavirus: Se autoriza audiencias de mediación y arbitraje de forma virtual
Los árbitros y los mediadores que cuentan con firma electrónica son los únicos que pueden suscribir los laudos arbitrales y las actas de mediación
De a poco el trabajo judicial se incrementa. El pleno del Consejo de la Judicatura (CJ), dictó varias directrices para que las audiencias de mediación y arbitraje se realicen a través de medios telemáticos, durante la emergencia sanitaria por el COVID–19. Se autorizó a los centros de mediación y arbitraje pueden atender bajo esta modalidad, toda vez que el trabajo presencial está suspendido mientras dure la emergencia sanitaria.
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Leer másEn un comunicado, se detalla que las audiencias se pueden realizar por videoconferencia, teleconferencia u otros medios de comunicación de similar tecnología; mientras que las solicitudes y notificaciones deben canalizarse a través del correo electrónico o del domicilio judicial electrónico, señalados por las partes involucradas en estos procesos.
Se precisa, que solo pueden atender bajo esta modalidad, aquellos centros que tengan los elementos técnicos para ejecutar las audiencias. Los procesos deben cumplirse bajo los principios de autonomía de la voluntad, confidencialidad, imparcialidad y neutralidad. Además se debe preservar la privacidad de las partes, así como los acuerdos alcanzados.
Los árbitros y los mediadores que cuentan con firma electrónica son los únicos que pueden suscribir los laudos arbitrales y las actas de mediación, que tendrán la misma naturaleza jurídica que los manuscritos y por ello, surtirán los mismos efectos para su cumplimiento y ejecución.
#ATENCIÓN | Resolución 041-2020 | Pronunciamiento respecto a los exhortos del Comité de Operaciones de Emergencia Nacional – COE, adoptados en la sesión permanente de 21 de abril de 2020. Más información en: https://t.co/UX5QaybG6I pic.twitter.com/7GIUtggU2L
— Consejo Judicatura (@CJudicaturaEc) April 24, 2020
En este contexto, organismo judicial también autorizó a las y los notarios del país a celebrar actos relacionados con el otorgamiento de escrituras públicas de promesas y de compra venta de bienes inmuebles, durante la emergencia sanitaria.
La atención parcial en las notarías que están operativas a nivel nacional (excepto en Guayas) se restableció de forma progresiva desde el pasado 13 de abril. El servicio a la ciudadanía se cumple bajo estrictas condiciones de bioseguridad que permiten precautelar la vida y la salud de las y los usuarios y del personal notarial.
En cada provincia se atiende por turnos y en horarios específicos. La recepción de la documentación de cada acto o contrato se la realiza a través de correo electrónico.