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Las cooperativas de ahorro y crédito no cargarán intereses por el diferimiento de las cuotas vencidas.Cortesía.

Coronavirus en Ecuador: Las deudas en mora desde el 16 de marzo podrán ser refinanciadas sin cargos adicionales

La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria estableció las reglas para los cambios en los créditos vigentes

El panorama se aclara. Hoy, 23 de marzo de 2020, la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria dictó las reglas para diferir las cuotas de créditos que no puedan ser pagados por la emergencia sanitaria provocada por el coronavirus. Las cooperativas de ahorro y crédito tendrán que aplicar las normas para cualquier retraso provocado después del 16 de marzo.

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El documento especifica que todas las entidades podrán modificar las condiciones originales de los préstamos entregados a la ciudadanía. Las nuevas características pueden ser solicitadas por el cliente o por iniciativa de la entidad financiera.

Todo el trámite, precisó la superintendencia, puede hacerse en línea. Ningún paso es presencial ni implicará la presentación de nuevos documentos.

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Circular de la Superintendencia
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La institución financiera podrá, entre sus facultades, analizar cada caso para determinar una nueva tabla de amortización. El nuevo cronograma no podrá incluir gastos adicionales que afecten el beneficiario del crédito. 

Es decir, "el diferimiento extraordinario de obligaciones crediticias no causará intereses moratorios, gastos, recargos ni multas durante el periodo o plazo acordado con el deudor".