La Corte Constitucional admite a trámite demanda de Santiago Guarderas a decisión judicial que restituyó a Yunda
La Sala de Admisión puso a consideración del pleno que este caso se trate fuera del orden cronológico para acelerar su resolución
La Sala de Admisiones de la Corte Constitucional admitió a trámite, este 26 de agosto de 2021, la acción de protección presentada por Santiago Guarderas y otros concejales en contra de la decisión de la Sala Civil y la Corte Provincial de Justicia de Pichincha que restituyó en el cargo de alcalde de Quito a Jorge Yunda.
La decisión se tomó con los votos de los jueces constitucionales Karla Andrade Quevedo (ponente) y Ramiro Ávila Santamaría, en tanto que Agustín Grijalva Jiménez salvó su voto al considerar que el recurso fue ingresado de forma anticipada y prematura, porque la decisión no se encontraba ejecutoriada a la fecha de presentación de la demanda.
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Leer másEl 01 de julio de 2021, María Belén Domínguez Salazar, jueza de la Unidad Judicial de Violencia contra la Mujer y la Familia, aceptó parcialmente una acción de protección presentada por Yunda a la decisión de remoción del Concejo Metropolitano.
IMPORTANTE | El Tercer Tribunal de Sala de Admisión de la Corte Constitucional admite a trámite el Caso Nro. 2137-21-EP.
— Corte Constitucional (@CorteConstEcu) August 26, 2021
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El 30 de julio de 2021, la Sala Especializada de lo Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, con un dictamen de mayoría, confirmó la sentencia de 01 de julio lo que permitió a Yunda volver a la alcaldía.
En la decisión de admisibilidad, se considera que los accionantes presentaron un argumento claro sobre la relación entre la vulneración de derechos y las decisiones jurisdiccionales impugnadas. “En lo medular, expresaron que se vulneró su derecho al debido proceso en la garantía de ser juzgados por una autoridad competente, motivación y seguridad jurídica”.
Guarderas considera que esa autoridad competente es el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) que avaló la decisión del Concejo Metropolitano de remover a Yunda del cargo.
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Leer másLa Sala de Admisión, dispone que los jueces que emitieron las sentencias en las dos instancias presenten un informe de descargo ante la Corte Constitucional en el término de diez días, contados a partir de la notificación con el presente auto respecto de la demanda que motiva la presente acción.
“Se dispone que mediante Secretaría General se remita el presente auto al Pleno del Organismo para considerar su tratamiento fuera del orden cronológico”, dice la resolución.
Esto, en consideración a las circunstancias excepcionales de este caso, esto es, la relevancia y trascendencia nacional y la posibilidad de establecer un precedente de esta Corte Constitucional sobre la justicia constitucional y los procesos de control político
Una vez admitido el caso, durante la fase de sustanciación, el juez o jueza ponente podrá realizar los actos procesales necesarios (informes, convocar a audiencia pública u otros) para elaborar un proyecto de sentencia que sea conocido por el pleno. Su aprobación deberá contar con al menos cinco votos en favor de la ponencia.