Corte Constitucional: ¿Qué causas pueden incidir en la pugna de Noboa y Abad?
La Corte Constitucional detalló la situación de tres casos que pueden definir lo que ocurrirá con la Presidencia en campaña
En la Corte Constitucional hay tres causas relacionadas con la situación del presidente Daniel Noboa, la vicepresidenta Verónica Abad y la licencia para la campaña electoral. Este 8 de diciembre de 2025, ese organismo se pronunció en medio de los cuestionamientos por lo que varios sectores definen como una vulneración al orden constitucional.
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Corte se pronuncia y dice que no tiene monopolio de defensa del orden constitucional
Leer másEn un comunicado, el máximo órgano de interpretación constitucional del país detalla seis causas que están a su cargo. De ellas, tres tienen que ver con la denominada Ley Antipillos, la consulta de Abad sobre artículos del acuerdo ministerial con el que el Ministerio del Trabajo suspendió a Abad y la constitucionalidad de un estado de excepción.
Pero, las otras tres tienen que ver directamente con la Presidencia, el encargo de la misma y la designación de Cynthia Gellibert como vicepresidenta vía decreto de Noboa. Con esto, la Corte asegura que “no es ajena a la realidad del país”.
¿Qué causas podrían incidir en la disputa por la Presidencia?
La primera tiene que ver con una acción presentada por Abad sobre el Decreto Ejecutivo 492. En ese documento firmado por Noboa se estableció que Sariha Moya sería la vicepresidenta encargada hasta que Abad se presente en Turquía.
La segunda está relacionada con el cumplimiento del artículo 93 del Código de la Democracia en el que se establece la obligatoriedad de que los dignatarios que buscan la reelección deben solicitar licencia sin sueldo. Se trata de una acción por incumplimiento presentada por Gabriel Pereira Gómez.
El tercer caso se refiere a una acción pública de inconstitucionalidad presentado también por Pereira Gómez. En ambas causas, él se presenta como magíster en Derecho Constitucional, Penal, Procesal, Cultura Jurídica y Administración Pública. En esta última acción, Pereira Gómez solicita que “se declare la inconstitucionalidad del contenido de los decretos demandados (494 y 500) y su definitiva expulsión del ordenamiento jurídico nacional”.
Sobre este último, la Corte indicó que ya fue sorteado y la admisión deberá resolverla el tribunal de sala de admisión. Para eso, la jueza Karla Andrade deberá presentar una ponencia.
¿Cuánto tiempo puede tomar?
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Leer másEn el pronunciamiento emitido hoy no se especifica un plazo para una sentencia en cada uno de los casos. Sin embargo, la Corte indicó que tiene “la firme resolución de priorización por parte del Pleno para atender oportunamente los temas de acuerdo a su competencia”.
Este pronunciamiento, con el detalle de la situación de las causas relacionadas con Noboa y Abad y la licencia por campaña, ocurre en medio de los cuestionamiento de varios sectores de la sociedad, entre ellos un sector de profesionales del Derecho, que han rechazado lo que consideran una vulneración al Estado de Derecho por parte del primer mandatario.
El ente de interpretación constitucional también declaró: “la defensa del orden constitucional es tarea de todas las instituciones del Estado en lo que a cada una compete, por tanto, esta Corte no tiene el monopolio de esa defensa”.
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