La Corte Constitucional da luz verde al trámite de las enmiendas sobre el Consejo de Participación
Ese organismo emitió una resolución sobre las preguntas 1 y 2, enviadas por el gobierno del presidente Guillermo Lasso
La Corte Constitucional (CC) determinó este 27 de octubre de 2022 que las dos nuevas propuestas planteadas por el Ejecutivo sobre el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) pueden ser tramitadas como enmiendas a través de un referéndum.
Sobre la eliminación de la facultad de designación que actualmente tiene el CPCCS y la instrucción de nuevos mecanismos de designación de autoridades, los jueces constitucionales establecen que la propuesta del Gobierno mantiene los principios rectores establecidos en la Constitución.
Estos son la veeduría, la impugnación ciudadana y la evaluación de los méritos de los candidatos a ocupar la titularidad de los entes de control. Además, se respeta la separación de poderes y el carácter republicano del Estado y no establece restricciones a los derechos y garantías, según los jueces constitucionales.
La segunda propuesta apunta a modificar el mecanismo de designación de los siete miembros del Consejo de Participación que actualmente es por elección popular.
La Corte verificó que, según lo planteado por el presidente Guillermo Lasso, estos serían designados a través de un procedimiento que contará con escrutinio público y participación ciudadana, por lo que “no altera la estructura fundamental de la Constitución, el carácter o los elementos constitutivos del Estado y no establece restricciones a los derechos o garantías constitucionales”, señala el dictamen.
🔵#BoletínCC | Este Organismo emite el Dictamen 6-22-RC/22 en el que declara que la vía de enmienda propuesta por el presidente de la República es procedente para tramitar las dos propuestas planteadas.
— Corte Constitucional (@CorteConstEcu) October 27, 2022
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El pasado 13 de octubre, la Corte Constitucional aprobó seis de las ocho preguntas planteadas por el Ejecutivo para que sean tramitadas como enmiendas y dijo que tanto la pregunta relacionada al rol de las Fuerzas Armadas en labores de seguridad interna como la que buscaba modificar las competencias del CPCCS debían ser tratadas como reforma parcial a la Constitución.
“La Ley de Inversiones está revisada y lista para su envío”
Leer másUno de los cuestionamientos de la CC fue que, en el proceso de designación de las autoridades de control, la Función Ejecutiva adquiría un rol preponderante en los mecanismos de selección, porque se le daba competencias para nominar candidatos y conformar las comisiones técnicas que determinaban si dichos candidatos eran hábiles para ejercer el cargo público.
El 18 de octubre, el Gobierno volvió a presentar una propuesta sobre el CPCCS, pero descompuso la pregunta en dos. Según el ministro de Gobierno, Francisco Jiménez, en esta ocasión se corregía lo observado por los jueces constitucionales.
Ahora, quien tendrá la mayor preponderancia en la designación y posesión es la Asamblea Nacional, aunque las ternas serán también enviadas por el Ejecutivo. Las comisiones técnicas tampoco se eliminarían.
“Pero hay una serie de mecanismos de controles cruzados entre distintas instituciones para que no sea exclusivamente el presidente el que las envíe (las ternas)”, dijo el funcionario.
La Corte aclaró que este dictamen corresponde al primer momento de actuación y ahora procede iniciar el segundo, en el cual emitirá una sentencia a través de la cual realizará un control previo de constitucionalidad de los considerandos y las preguntas 1 y 2 de la propuesta planteada por Lasso.
El mismo trámite se aplicará a las preguntas 2, 3, 4,5, 7 que previamente fueron aprobada para ser procesadas como enmiendas dentro de un referéndum.