La Corte Constitucional, el filtro que puede salvar al presidente
Exjueces y un constitucionalista analizan el documento con el que se dará el ‘visto bueno’ o archivo del expediente. Tres días para dictaminar
Formalidad. Es lo que deberá observar la Corte Constitucional (CC) en el expediente del pedido de juicio político al presidente Guillermo Lasso, que -ayer- pasó a manos del Consejo de Administración Legislativa (CAL).
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Leer másExjueces y constitucionalistas hacen un análisis del documento que revisará la CC, en cuyas manos estará decidir si admite la solicitud presentada por la asambleísta Viviana Veloz, que se argumenta en lo previsto del numeral 2 del artículo 129 de la Constitución.
Antonio Gagliardo, exjuez de la CC, explica que en estos pedidos lo que se observa es la formalidad, “es decir, que hay un denunciante, hay 46 firmas y que va al CAL y luego pasa a la Corte Constitucional; segundo, que esté una de las causales establecidas en el 129 de la Constitución y la parte más importante: que esté singularizado, individualizado cuál es la acción que habría cometido el presidente”.
La parte más importante que esté singularizado, individualizado cuál es la acción que habría cometido el presidente; es más, no es necesario que exista un juicio penal o denuncia...
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Leer másPara la exjueza de la CC, Tatiana Ordeñana, el texto “tiene una muy buena argumentación y motivación”, incluso argumentaciones de distintos juristas para fundamentar el pedido de juicio político, en el que además destaca un anterior dictamen que fue el caso del exvicepresidente Jorge Glas. “Lo que han presentado en este momento tiene mucho sustento, así que podría la Corte decidir pasar a la Asamblea la aprobación por parte de ellos, de que se lleve a efectos el juicio político”, considera la exmagistrada.
Pero el constitucionalista Emilio Suárez no cree que pase ese filtro. Considera que faltan elementos de conexidad lógica entre los hechos y la actuación u omisión del presidente de la República. “Por ahí veo complicado que pueda atravesar fácilmente en la CC”, señala al examinar que los documentos tienen hechos que, eventualmente, podrían encajarse en los delitos que se imputan a Lasso, que son concusión y peculado.
Pero, añade, “lo que no logro identificar en la petición es cómo el presidente de la República cometió esos delitos, ese razonamiento no lo encuentro en las peticiones, por eso me decanto en pensar que este filtro va a ser muy difícil de pasar por parte de la Corte”, insiste.
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Leer másTanto los exmagistrados como el constitucionalista recuerdan que se requiere el dictamen de la CC y que no se necesita ningún enjuiciamiento penal previo. “... el ojo del huracán está trasladado a la Corte Constitucional, que tiene un plazo fatal de cinco días para resolver. Una vez que se sortee, el juez ponente tiene tres días para emitir su dictamen o su borrador de resolución de sentencia y, en un plazo máximo de 48 horas, el pleno tiene que resolver y tiene que haber seis voluntades a favor”, resume Gagliardo al reiterar que la CC es la única que va a poder decidir si acepta o no la admisibilidad de juicio político.
Lo que han presentado en este momento tiene mucho sustento, así que podría la Corte decidir pasar a la Asamblea la aprobación por parte de ellos de que se lleve a efectos el juicio político.
Lo que no logro identificar en la petición es cómo el presidente de la República cometió esos delitos, ese razonamiento no lo encuentro... este filtro va a ser muy difícil de pasar por parte de la Corte.