Imagen referencial. Juicio por el asesinato de David Romo.

Corte de Pichincha anula el proceso de David Romo

Por pedido de la Fiscalía la sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha declaró la nulidad del proceso del caso David Romo desde la reserva de la investigación, dispuesta el 19 de mayo de 2015 hasta el 30 de septiembre de 2017.

Por pedido de la Fiscalía la sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha declaró la nulidad del proceso del caso David Romo desde la reserva de la investigación, dispuesta el 19 de mayo de 2015 hasta el 30 de septiembre de 2017.

La resolución se dio al término de la audiencia de apelación a la sentencia que ratificó inocencia de cinco procesados por el asesinato a Romo. Los jueces escucharon los argumentos de la fiscal Teresa Coba, de la Dirección de la Comisión de la Verdad y Derechos Humanos de la Fiscalía.

La fiscal justificó el pedido amparada en el artículo 652, numeral 10, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que señala que “habrá lugar a esta declaratoria de nulidad únicamente si la causa que la provoca tiene influencia en la decisión del proceso”.

La Fiscalía solicitó la nulidad por tres causas: La primera que la sentencia del Tribunal de Garantías Penales carece de motivación, ya que solo enuncia los elementos probatorios sin analizarlos y sin explicar cómo sustentan la sentencia.

La segunda: la exclusión de tres testimonios por parte del Tribunal en el juicio de agosto de 2018 sin haber sido escuchados por los jueces, violentando el principio de libertad probatoria.

Y por último, el 19 de mayo de 2015 se declaró la reserva de la investigación, sin notificar a las partes ni a la madre de la víctima, por lo que no tuvieron acceso al expediente ni les informaron sobre las diligencias que se desarrollaron en ese período.

La fiscal Córdova enfatizó que la Fiscalía busca la verdad y la justicia en beneficio de la víctima y de su familia, a quienes les asisten los derechos constitucionales.