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Noboa y Abad
Desencuentro. Desde el primer día de Gobierno, Daniel Noboa y su vicepresidenta Verónica Abad han aparecido distantes.Archivo

Cuatro maneras de matar al monstruo

En su empeño de librarse de la vicepresidenta, Carondelet está dispuesto a cruzar todas las líneas rojas de la Constitución

Genocidio por omisión: es lo único que le falta intentar al gobierno de Daniel Noboa para librarse de Verónica Abad, su vicepresidenta. Al fin y al cabo, el genocidio es una de las pocas causales contempladas en la Constitución para llevar a juicio político, censurar y destituir a un mandatario en funciones. Las otras son cohecho, concusión, peculado, enriquecimiento ilícito y delitos contra la seguridad del Estado. Pero de ninguna de estas cosas se le puede acusar a la vicepresidenta. Genocidio, en cambio… ¿No fue enviada a Tel Aviv con la misión de procurar la paz entre israelíes y palestinos? Pues bien: ¿lo ha logrado? Ni remotamente. ¿Qué ha hecho para evitar las decenas de miles de víctimas inocentes? Nada. Genocidio por omisión, pues. Una pirueta jurídica que debe ser del agrado del viceministro de Gobierno, Esteban Torres, inventor del delito de peculado por omisión, fantasía por la cual quiso llevar a juicio político a Guillermo Lasso. Genocidio por omisión es lo mejor que tienen y se adapta a su manera de razonar (o de no hacerlo en absoluto).

Con todo lo descabellada y delirante que pueda parecer esta idea, no lo es menos que las otras que al Gobierno se le han ocurrido con el fin de evitar que Verónica Abad, ese monstruo cuya sola existencia ha sido considerada nefasta por el distinguido joven viceministro de Gobierno, asuma la presidencia de la República cuando Daniel Noboa pida licencia para postularse como candidato en las próximas elecciones. Cuatro estrategias ha puesto en marcha Carondelet hasta el momento, cada una más grosera que la otra: la primera consiste en reescribir la Constitución; la segunda, en ignorarla; la tercera, en hacerle un baipás; la cuarta, en ponerla sobre la cuerda floja.

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Torres dicta la ley

“Lo que podría darse es que, ante ausencia de primer y segundo mandatario, se encargue la Presidencia a un ministerio”. No en vano Esteban Torres es conocido como Baby: su candidez da ternura. Para justificar este invento, le basta el supuesto precedente que dejó sentado Jorge Glas cuando se lanzó a la reelección como vicepresidente y encargó su despacho a una ministra. No es una barbaridad: son tres. Primero, porque supone que puede pasarse por el forro, sin más, las reglas constitucionales de la sucesión presidencial e inventarse otras. Segundo, porque el caso de Jorge Glas que él invoca como precedente no se parece en nada a lo que el país tiene ahora por delante: en aquella ocasión fue el segundo mandatario, no el primero, el que se postuló como candidato. Finalmente, porque parte de un supuesto falso: que la vicepresidenta está “ausente”. No solo no lo está, sino que se encuentra en ejercicio pleno de sus funciones. ¿Cuáles son las funciones del vicepresidente? La Constitución es clara: “cuando no reemplace al presidente, ejercerá las funciones que este le asigne”. En este caso: ser embajadora en Tel Aviv.

Fuera por corrupta

Más cándida aún, la secretaria de Comunicación, Irene Vélez, supone que hay indicios de lo que llama “escándalos de corrupción” suficientes como para separar a la vicepresidenta de su cargo. “Escándalos”, dice, en plural, como si hubiera varios. En realidad no hay más que uno, y en ese, los indicios son todo menos suficientes. Se refiere al caso Nene, la acusación de tráfico de influencias que pesa sobre el hijo de Abad. Vélez despacha estas razones con una ligereza que asusta y una ignorancia sobre los procedimientos y los principios constitucionales que dan grima. ¿Qué propone? ¿Un juicio penal? Para eso necesita la autorización de la Asamblea. Además, el proceso por el caso Nene está abierto en la Fiscalía y en él la vicepresidenta ha sido llamada a rendir testimonio, pero no aparece vinculada ni se le ha levantado cargos. ¿Un juicio político entonces? ¿Por el cargo de tráfico de influencias? Esa no es causal para destituir a un mandatario en funciones. ¿En qué quedan entonces los indicios suficientes sobre “escándalos de corrupción”? En un globo de ensayo.

La teoría del balpás

La tercera estrategia propone que Daniel Noboa puede postularse como candidato sin necesidad de encargar la presidencia a nadie. Elaborada por constitucionalistas dedicados al negocio de vender subterfugios jurídicos a los políticos dispuestos a pagar por ellos, esta estrategia invoca una sentencia de la Corte Constitucional de 2010 y contempla una consulta al procurador general del Estado. ¿Puede el procurador absolver consultas sobre temas constitucionales, como este de la sucesión presidencial? No, no puede. Por eso, la consulta versa sobre la ley de elecciones, con la esperanza de que, interpretándola, se pueda obtener una coartada para violar la Constitución. Es la estrategia del baipás.

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Dice la ley de Elecciones que todo mandatario que opte por la reelección deberá solicitar licencia a la Asamblea y encargar la presidencia mientras sea candidato. Dice la Constitución que las autoridades de elección popular solo podrán reelegirse una vez, es decir, podrán ocupar su cargo por dos períodos. La sentencia constitucional de 2010 aclara que, para efectos del cómputo de reelecciones y períodos, no se contará el de aquellos mandatarios que se encuentren completando un período iniciado por otros. En caso muerte cruzada, por ejemplo. Es exactamente lo que ocurre con Daniel Noboa: esta elección no cuenta para él como reelección. Si la gana, aún podrá postularse otra vez dentro de cuatro años. Ahí es donde entran los constitucionalistas proveedores de coartadas jurídicas: si lo de Noboa no es una reelección, dicen, entonces no tiene que pedir licencia a la Asamblea ni encargar la presidencia. Como si una sentencia constitucional dictada para aclarar una cuestión de cómputo de períodos pudiera autorizar a un presidente de la República a lanzarse de candidato sin encargar el poder. Porque el espíritu de esa ley consiste en evitar la figura del presidente candidato, que da lugar a tantas inequidades y tantos abusos.

Para avalar semejante atropello, el presidente ha consultado al procurador. Este, a su vez, se ha dirigido a Diana Atamaint, presidenta del Consejo Nacional Electoral y hermana del cónsul de Ecuador en Queens gracias a Noboa, para pedirle el criterio del organismo que dirige. Estamos a horas de conocer una respuesta.

Mi poder en el TCE

El último mecanismo para matar al monstruo de la vicepresidenta fue desatado semanas atrás por el consejero de Participación Ciudadana Juan Esteban Guarderas. Ocurre que Verónica Abad incurrió, como casi cualquier otro candidato a casi cualquier otro cargo, en la infracción electoral de campaña anticipada cuando se postuló para la alcaldía de Cuenca, antes de soñar siquiera con ser vicepresidenta. Guarderas, de buena o mala fe, la denunció ante el Tribunal de lo Contencioso Electoral. Quiere sentar un precedente para evitar que se sigan cometiendo este tipo de infracciones y su empeño le cayó como anillo al dedo al presidente Noboa. Porque el Contencioso bien podría privar a la vicepresidenta de sus derechos de ciudadanía, lo cual equivale a echarla de su cargo. Sorprende que sea tan fácil. Sobre todo porque lo que se aplica a la vicepresidenta ha de aplicarse también, por fuerza, al presidente. Él también hizo campaña anticipada.

Escalofriante descubrimiento: de poco sirven los candados constitucionales, los recaudos, las complicaciones procesales diseñadas para garantizar un razonable nivel de estabilidad política de la nación mediante la protección de sus mandatarios: que destituir a un presidente no resulte tan barato; que los conspiradores no la tengan tan fácil; que no se pueda echar abajo un gobierno con los mismos votos con los que se aprueba un reglamento… Ahora resulta que sí: el Contencioso Electoral puede mandar a un gobierno por el caño con solo desempolvar una oscura infracción electoral del pasado, de cuando el mandatario en cuestión postuló para concejal. O lo que fuese. Ni siquiera el CPCCS, ¡el Contencioso Electoral! El arrebato esquizofrénico en el que ha caído Carondelet en su campaña contra la vicepresidenta, su desenfreno persecutorio, está conduciendo a la política nacional a la peor versión de sí misma.

  • El espíritu de la ley consiste en evitar la figura del mandatario candidato, que genera inequidades en el proceso electoral. Para participar en elecciones hay que entregar el poder.
  • ¿Ausente? El viceministro de gobierno parte de un presupuesto falso: que la vicepresidenta está ausente. La verdad, es que se encuentra en Israel cumpliendo sus funciones.

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