Daniel Noboa a Rafael Correa sobre licencia para campaña: "Ya papito descansa"
El primer mandatario contestó a una publicación del expresidente en X y reafirmó que no debe pedir licencia
A un día del inicio de la campaña electoral, el presidente Daniel Noboa mantiene su posición de que no debe pedir licencia para la campaña electoral. Este 4 de enero de 2025, en su cuenta de X le respondió al expresidente Rafael Correa con un “ya papito descansa” e incluyó una parte de la sentencia de la Corte Constitucional.
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Leer másNoboa respondió a una publicación del expresidente sentenciado en el caso sobornos en la que arremete contra el Partido Social Cristiano (PSC). “El PSC siendo el PSC. Dicen que Noboa debe hacer uso de licencia para la campaña, pero no dicen que es la Asamblea la que debe otorgarla”.
Correa señala el artículo 146 de la Constitución en donde se establece que: “En caso de ausencia temporal en la Presidencia lo reemplazará quien ejerza la Vicepresidencia. Se considerará ausencia temporal la enfermedad u otra circunstancia de fuerza mayor que le impida ejercer su función durante un período máximo de tres meses o la licencia concedida por la Asamblea”.
La respuesta de Daniel Noboa
En su publicación de X, el primer mandatario colocó un video de 2009 cuando Correa habló de que en varios países, un candidato participa también siendo presidente porque es un riesgo lo que puede ocurrir en el país. “Estamos hablando de políticas nacionales”, dice Correa en el video.
Ya papito descansa… https://t.co/eaDhCLQU4U pic.twitter.com/CFEWLsYuh5
— Daniel Noboa Azin (@DanielNoboaOk) January 4, 2025
Pero Noboa también incluyó un extracto de la sentencia de la Corte Constitucional en la que se habla del periodo posterior a las elecciones adelantadas después de la muerte cruzada (disolución de la Asamblea).
“El desempeño de la función como autoridades de elección popular lo ejercerán únicamente para completar el resto de los respectivos periodos; por lo tanto no se tratará de un nuevo periodo computable para el caso de una eventual reelección”.
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