Cárcel de Turi
En el CPL de Turi hay convenio con la empresa Catherpro para la provisión de alimentos, hasta diciembre de 2024, según constató la Defensoría.CORTESÍA

Defensoría del Pueblo exhorta al Estado a garantizar derechos de presos en cárceles

La institución aduce que hay alertas y denuncias de tortura y malos tratos en los Centros de Rehabilitación Social

La Defensoría del Pueblo exhorta a varias instituciones del Estado para que ejecuten acciones que garanticen los derechos de las Personas Privadas de Libertad (PPL).

La Defensoría señaló en un comunicado que conforme a su mandato constitucional realiza visitas a los Centros de Privación de Libertad (CPL) a escala nacional, a fin de verificar las condiciones de internamiento de las PPL.

"Dada la situación crítica identificada en los CPL es indispensable que la Defensoría interpele a todas las funciones del Estado al cumplimiento de las condiciones que se requieran a fin de garantizar los derechos a la vida y a la integridad personal de las PPL", refirió la institución presidida por César Córdova.

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Con base a información recopilada por parte de familiares, las PPL y sociedad civil, la Defensoría identificó el incremento de fallecidos en los CPL. En el periodo comprendido entre el 9 de febrero al 7 de marzo de 2024 se registraron 24 fallecimientos en diversos centros, por muertes naturales y en otros casos por muertes violentas, con indicios de presunta tortura, existen alertas del deceso de PPL con signos de desnutrición, resaltó la Defensoría.

Además, realiza el monitoreo permanente sobre la falta de provisión de alimentos en las provincias de Esmeraldas, Santo Domingo, Carchi, Imbabura, Pichincha, Cotopaxi, Sucumbíos y Napo, en las que desde el 1 de mayo de 2024 se suspendió el servicio de alimentación. Esta situación podría darse en Guayas en los próximos días, advirtió, con base a información de la prensa.

Exhorto a instituciones estatales:

  1. Al Gobierno Nacional a cumplir de manera urgente, diligente y permanente con acciones que indiscutiblemente deben observar un enfoque de derechos humanos, que garanticen la vida y la integridad de las PPL.
  2. A la Fiscalía General del Estado como titular de la acción a realizar las investigaciones correspondientes.
  3. A las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional, a supervisar de forma permanente a los miembros de estas instituciones que custodian los CPL, a fin de que cumplan con el respeto irrestricto a los derechos fundamentales de las PPL, considerando además su condición de grupo de atención prioritaria.
  4. Al Ministerio de Economía y Finanzas a proveer los recursos necesarios para garantizar el servicio de alimentación a las PPL en todos los CPL a escala nacional.
  5. Al Servicio Nacional de Atención a Personas Adultas Privadas de Libertad y Adolescentes Infractores (SNAI) a que garantice la política de rehabilitación y reinserción social; y a coordinar las acciones que permitan reestablecer la comunicación de las PPL con sus familiares y la entrega de información a familiares sobre la situación de las PPL y sus necesidades.
  6. Al Ministerio de Salud a garantizar del acceso a salud integral de las PPL.
  7. Al Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos a coordinar espacios de sensibilización y formación para los miembros de las fuerzas militares y policiales, en temas de derechos humanos.
  8. A los jueces de Garantías Penitenciarias a cumplir en un plazo razonable y con la debida diligencia la inspección mensual a los CPL, a fin de garantizar el adecuado cumplimiento de la condena y de los derechos de las PPL.

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