
Denuncian a Patricia Núñez, asambleísta del correísmo, por presunta infracción
El exconsejero Juan Esteban Guarderas acusa a Núñez de inducir al voto a favor de Luisa González en las elecciones de 2025
Una nueva denuncia electoral pesa sobre el correísmo. Esta ocasión, la señalada es la asambleísta reelecta por Chimborazo, Patricia Núñez, por presuntamente haber inducido al voto a favor de su candidata a la presidencia, Luisa González, en las elecciones generales de 2025.
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Según consta en el expediente, Núñez fue denunciada por el exconsejero de Participación Ciudadana, Juan Esteban Guarderas, por presuntamente haber incurrido en la infracción electoral grave del artículo 278, numeral 3, del Código de la Democracia.
Esta infracción, de acuerdo con la Ley Electoral, se refiere a los servidores públicos que, en ejercicio de sus funciones, induzcan el voto a favor de determinada preferencia electoral o promueva aportes económicos a una organización política o a una candidata o candidato. En este caso, se denuncia el presunto apoyo de Núñez, en su calidad de asambleísta, a favor de la candidata Luisa González.
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Este tipo de infracciones, de acuerdo con el Código de la Democracia, son sancionadas con multas de hasta 9.400 dólares, destitución y/o suspensión de derechos de participación desde seis meses hasta dos años, según se valore.

Guarderas deberá completar su denuncia contra Núñez
Según el expediente del caso, la denuncia presentada por Guarderas ingresó al Tribunal Contencioso Electoral (TCE) el 24 de abril de 2025. Joaquín Viteri fue sorteado como juez sustanciador de la queja contra la asambleísta reelecta Patricia Núñez.
Sin embargo, el magistrado Viteri solicitó al exconsejero Guarderas que, en el plazo de dos días, aclare y complete el anuncio de los medios de prueba que acrediten los hechos denunciados por Guarderas y que validen que Núñez indujo al voto a favor de Luisa González.
En caso de que Guarderas no cumpla con lo dispuestos, el juez Joaquín Viteri advierte que la causa puede ser archivada por no cumplir con los requisitos previstos en el reglamento de trámites del Tribunal Contencioso Electoral (TCE).
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