Diana Salazar dice que Gissela Garzón sí tuvo acceso al diagnóstico de su embarazo
La fiscal dice que Rafael Correa también usó su embarazo para hablar de un supuesto fraude
La fiscal general Diana Salazar dio a conocer más detalles de su denuncia en contra de la asambleísta de la Revolución Ciudadana, Gissela Garzón, por el presunto delito de información restringida.
Mientras Garzón indicó que la denuncia en su contra no tiene “ni pies ni cabeza”, Salazar afirmó en una entrevista en Visionarias que la legisladora sí tuvo acceso a su historial clínico sobre su embarazo y que el conocimiento que tuvo de su información coincidió con las publicaciones que hiciera el expresidente Rafael Correa, en su cuenta de X, en las que aseguraba que el embarazo de la fiscal era un fraude.
Garzón: “Responderé a esa denuncia absurda, defenderé el derecho a fiscalizar”
Leer másSalazar anunció su embarazo en mayo pasado, en el contexto de su proceso de juicio político. Informó al Consejo de Administración Legislativa (CAL) de la Asamblea que se trataba de una gestación riesgosa. Por esta razón, el organismo suspendió su juicio sin dar detalles de tiempos.
“Di a conocer un seguimiento a mi diagnóstico que únicamente fue presentado hasta el CAL para que solamente ellos puedan conocer. Y sin embargo, después de la petición que realiza la señora asambleísta Gissela Garzón, y que en la que es invitada a este CAL tiene acceso a mi historia clínica”. Salazar señaló que ni ella ni los medios de comunicación han dado detalles de su embarazo, por lo que es sospechoso que luego estos aparecieran en la red X.
“Luego de que ella conozca esta información de carácter privada es expuesta en la cuenta de X, por el prófugo de la justicia que usa las redes sociales para difamar… Es él el que indica que es un fraude democrático, hace referencia al número de semanas de gestación, que nadie ha tenido acceso", dijo Salazar.
Garzón, por su parte, negó que haya formado parte de alguna sesión del CAL. "Estás afirmaciones no son ciertas. Como muestra la gráfica, no formo parte del Consejo de Administración Legislativa, por lo tanto no recibo ninguna convocatoria a las sesiones de ese espacio. En apego a la ley, pedí se incluya como punto del orden del día el tratamiento del tema, no es que se me invite a mí".
¿Qué dice el COIP?
El artículo 180 del Código Orgánico Integral Penal dice: "La persona que difunda información de circulación restringida será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Es información de circulación restringida":
- La información que está protegida expresamente con una cláusula de reserva previamente prevista en la ley.
- La información producida por la Fiscalía en el marco de una investigación previa.
- La información acerca de los niños y adolescentes que viole sus derechos según lo previsto en el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia.
Estás afirmaciones no son ciertas. Como muestra la gráfica, NO FORMO PARTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN LEGISLATIVA, por lo tanto NO RECIBO NINGUNA CONVOCATORIA A LAS SESIONES DE ESE ESPACIO. En apego a la ley, pedí SE INCLUYA COMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA el tratamiento del… https://t.co/nBjbSLgS0O pic.twitter.com/U0Iu46xGmG
— Gissela Garzón Monteros (@GisseGarzonM) July 19, 2024
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