¿Qué dice el artículo 48 de la ley del consumidor en Ecuador?
La ley asegura a los compradores y usuarios de servicios a crédito el derecho de realizar pagos anticipados
La ley del Consumidor en Ecuador, en su artículo 48, establece un marco legal que garantiza a los consumidores el derecho fundamental de efectuar pagos anticipados en ventas o servicios a crédito. Esta disposición legal otorga una serie de beneficios significativos para los usuarios, asegurando transparencia y protección en las transacciones financieras.
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Leer másEl artículo 48 de la ley establece claramente que en cualquier transacción de venta o prestación de servicios a crédito, los consumidores tienen el derecho absoluto de pagar anticipadamente la totalidad de la deuda o realizar pre-pagos parciales en cantidades superiores a una cuota.
Esta flexibilidad brinda a los consumidores la libertad de gestionar sus deudas de manera más conveniente, permitiéndoles reducir o saldar anticipadamente sus compromisos financieros.
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Una de las principales ventajas para los consumidores al realizar estos pagos anticipados es que los intereses generados se calcularán únicamente sobre el saldo pendiente. Esto significa un ahorro considerable en términos de intereses totales, ya que al reducir la deuda pendiente, se minimizan los costos asociados a los intereses.
Esta protección legal no se limita únicamente a las transacciones comerciales ordinarias, sino que también abarca al sistema financiero en su totalidad.
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Leer másEste mecanismo beneficia de manera significativa a los consumidores, permitiéndoles reducir el costo total de los intereses y, en consecuencia, el monto final a pagar.
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