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En la provincia de El Oro se incrementó la presencia de militares en mayo pasado tras una nueva declaratoria de estado de excepción.Franklin Cruz

Estado de excepción en Ecuador: Dictaminan la inconstitucionalidad del decreto

El pasado 22 de mayo, en el Decreto Ejecutivo 275 se adoptó esta medida en siete provincias por conflicto interno armado

La Corte Constitucional (CC) dictaminó la inconstitucionalidad del Decreto Ejecutivo 275, emitido el pasado 22 de mayo, en el que se declaraba el estado de excepción en las provincias de Guayas, El Oro, Santa Elena, Manabí, Sucumbíos, Orellana y Los Ríos, así como en el cantón Camilo Ponce Enríquez, en Azuay, zonas debido al accionar de grupos terroristas.

En su dictamen, la Corte Constitucional señaló que los hechos descritos por la Presidencia de la República no configuran la causal de conflicto armado interno, única justificación para expedir el decreto, que se extiende desde esa fecha durante 60 días.

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"Cabe precisar que este dictamen de inconstitucionalidad no afecta las facultades ordinarias de la Función Ejecutiva para el empleo de las Fuerzas Armadas en labores que aseguren el derecho a la vida, a la integridad física y a los bienes de los ciudadanos y el Estado", subrayó el documento.

Asimismo, la Corte Constitucional resolvió llamar la atención a la Presidencia de la República, al incumplir con los requerimientos previstos en la Constitución para emitir una declaratoria de estado de excepción.

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También recordó al Gobierno central que existen mecanismos establecidos en las normas jurídicas ordinarias que el decreto en mención suspende. Y puso como ejemplo el allanamiento a domicilios sin una orden judicial "en los casos expresamente señalados en los artículos 480 y 482 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Como ya sucedió durante las administraciones de Lenín Moreno y Guillermo Lasso, la Corte Constitucional exhortó a las entidades que componen el Estado a enfrentar la grave crisis de inseguridad "con una visión institucional a largo plazo". Es decir, con el uso adecuado de los estados de excepción y la aplicación de políticas públicas y soluciones de orden legislativa para su objetivo.

El dictamen de la Corte fue aprobado el jueves 13 de junio con siete votos a favor de los jueces constitucionales Karla Andrade, Alejandra Cárdenas, Jhoel Escudero, Enrique Herrería (voto concurrente), Ali Lozada, Richard Ortiz y Daniela Salazar; y un voto salvado de la jueza Carmen Corral.

Es la segunda vez en menos de 40 días que la Corte Constitucional sanciona una declaratoria de estado de excepción. En mayo pasado, este ente también dictaminó la inconstitucionalidad del Decreto Ejecutivo 250, emitido por el presidente Daniel Noboa.

En esa ocasión, los jueces alegaron que el primer mandatario no describió hechos fácticos que sustenten la medida; además, al referir la persistencia de un conflicto armado interno, se entendería como una segunda 'renovación' del primero, emitido en enero pasado, lo que es inconstitucional.

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