SRI
Los contribuyentes con deudas vencidas pueden acceder a este plan de pagos.Miguel Canales. EXPRESO

Más de $100 millones de deudas tributarias tendrán un plan de pago

Es una opción de diferir las obligaciones que se estableció en la Ley de Alivio Financiero 

Hasta el próximo 7 de febrero de este año, el Servicio de Rentas Internas (SRI) pretende recuperar, según indicó a EXPRESO, $ 110 millones que ha dejado de recaudar por deudas de impuestos percibidos y retenidos, tales como IVA, ICE y Retenciones en la Fuente y que se encuentren en mora o vencidas al 31 de octubre de 2024.

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Pretende hacerlo con un Plan Excepcional de Pagos que ha dispuesto, desde el pasado 10 de enero, para todos los deudores de dichos tributos y que se estableció en la Ley Orgánica para el Alivio Financiero, aprobada en diciembre pasado.

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De la cantidad de dinero a recuperar, hasta el pasado 12 de enero, según detalló la entidad, ya había asegurado $2.8 millones, tras la solicitud de 258 contribuyentes, por más de 1.721 deudas.

De acuerdo a lo que establece dicho plan de pagos, los contribuyentes pueden diferir sus deudas por hasta 12 meses, elegir en cuántas cuotas pagar y así evitar que el SRI continúe o inicie acciones de coactivas. Además, según la entidad, para quienes apliquen a este plan, se le suspenderán los plazos de prescripción de la acción de cobro, aunque si el contribuyente incumple con una de las cuotas en la fecha establecida el trato terminará automáticamente

Y es que, en un escenario normal, menciona el SRI a este medio, los contribuyentes que tienen estas deudas no podrían solicitar facilidades de pago de impuestos percibidos o retenidos y deberían cancelar la totalidad del impuesto.

“Las compañías retienen a sus clientes un monto y eso automáticamente deben pagarlo al Servicio de Rentas Internas. Entonces, solo por este periodo vamos a permitir que lo paguen en cuotas de hasta 12 meses. De esta manera pueden financiar sus negocios con estos impuestos retenidos. Es casi como un préstamo del SRI a sus contribuyentes”, explicaba a inicios de este mes en una transmisión radial, Damián Larco, director del SRI, sobre el beneficio de este plan.

"Plan sin una guía"

No obstante, para la experta tributaria Jacqueline Gurumendi, este plan tiene limitaciones, restricciones y le hace falta una guía de excepciones. Pues explica que, a diferencia de lo que expone el SRI de que toda deuda con vencimiento hasta octubre pasado puede acogerse a este diferimiento, la realidad es que al final el sistema decide qué deudas sí incluir y en cuántas cuotas pagarlas, dentro de este plan.

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“En ciertos casos puede ser beneficioso, pero no para todos. Yo misma, por ejemplo, poseo deudas en el SRI y una es un valor alto. Justo ahora que quise acogerme a este plan de pago, la entidad me sumó todas las deudas pequeñas, pero la de mayor valor no la consideró, aun cuando está dentro de la fecha”, menciona.

La experta detalla que así ocurre con otros contribuyentes que no han podido liquidar sus deudas con esta facilidad que pregona la entidad tributaria, porque el sistema no se los permite. Además que, en otros casos, asegura, es el mismo SRI quien les asigna la cantidad de meses (cuotas) en los que pagar lo adeudado.

“En realidad, no se es libre de seleccionar en qué tiempo pagar. El plan debe venir con una guía que explique las excepciones, para que sea conveniente para todos los contribuyentes”, recomienda.

¿Cómo acceder a este beneficio?

Para contar con este plan de pago, el SRI señala que el proceso es netamente online. Los interesados deberán ingresar al portal oficial de la entidad, con su cédula o RUC y clave; seleccionar la opción Deudas y luego la opción de Plan Excepcional de Pagos. Luego aparecerá en la pantalla las deudas con las que el usuario puede aplicar al plan y podrá elegir cuáles incluir. Después de darle en ‘continuar’, aparecerá el monto total de las deudas a diferir, que ya incluye multas e intereses. Después, el contribuyente deberá elegir el número de cuotas y seguir los pasos del sistema que además le pedirá la cuenta bancaria de la que realizará el débito mes a mes. Una vez hecha la solicitud, el SRI asegura que notificará de manera electrónica, en el buzón de los contribuyentes, las respectivas resoluciones en atención a las solicitudes presentadas.

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