Más de 789.000 contribuyentes pasan a formar parte del Rimpe
Este nuevo régimen lo integran emprendedores y negocios populares. Desde enero de este año deben pagar hasta un 2% de IR y someterse a nuevas reglas
Las obligaciones para los pequeños contribuyentes de país son otras. A partir de este nuevo año pasaron a formar parte del Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe). Según el primer catastro, publicado por el Servicio de Rentas Internas (SRI), bajo esta modalidad están 143.919 emprendimientos y 645.887 negocios que por su baja facturación son considerados populares.
Quienes ganen más de $ 11.310 al año estarán obligados a pagar IR en el 2022
Leer másEstos sectores, que antes formaban parte del RISE y el Régimen Impositivo para Microempresas, ahora deberán acogerse a las nuevas normas del Rimpe, creado en la Ley de Desarrollo Económico y de Sostenibilidad Fiscal, que está en vigencia desde noviembre pasado. Su traslado fue automático y lo incluyen emprendedores: personas naturales y jurídicas con ingresos brutos anuales de hasta $ 300.000 (al 31 de diciembre del año anterior) y negocios populares: personas naturales con ingresos brutos anuales de hasta USD 20.000 ( al 31 de diciembre del año anterior).
Si está bajo esos parámetros, estas son las principales reformas que debe conoce y adoptar:
- LA VIGENCIA.
-Este régimen tendrá una vigencia de 3 años.
-Los negocios populares estarán en el RIMPE mientras conserven dicha condición.
-Todo sujeto que se inscriba en el RUC a partir del 01 de enero de 2022 (salvo en casos de exclusiones) estará dentro del RIMPE. En el caso de que en el primer año el sujeto supere los $ 300.000 de ingresos brutos se someterá al régimen general desde el siguiente año.
- IMPUESTO A LA RENTA
Antes quienes estaban en el RISE hacían pagos de cuotas mensuales, ahora será el pago de una cuota anual que es el IR y se pagará en marzo de cada año.
El impuesto que se pagará es hasta el 2%. Este se gravará según una tabla progresiva, que va incrementando en cada tramo. Su pago va desde los $ 60 anuales hasta los $ 2.797,52. Ver gráfico.
- DEBERES FORMALES
-Llevar un registro de ingresos y gastos si así lo dispone la normativa.
-Emitir comprobantes de venta. En el caso de los negocios populares emitirán notas de venta.
-No son agentes de retención, excepto lo previsto en el art. 92 numeral 2 del Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno.
-Los negocios populares en ningún caso actuarán como agentes de retención.
- EXCLUSIONES
No estarán sujetas a este régimen las siguientes actividades:
-Actividades del art. 28 y 29 LRTI (Contratos de construcción y urbanización, lotización, etc).
-Actividades profesionales, mandatos y representaciones.
-Transporte.
-Actividades agropecuarias.
-Comercializadoras de combustible.
-Relación de dependencia.
-Rentas de capital.
-Regímenes especiales.
-Receptores de inversión extranjera directa y actividades en asociación pública-privada.
-Sector de hidrocarburos, minería, petroquímica, laboratorios médicos y farmacéuticas, industrias básicas, financiero, seguros y Economía Popular y Solidaria.
-Tampoco estarán sujetos al Régimen quienes hayan recibido ingresos brutos superiores a USD 300.000 en el año anterior.