Un “alivio financiero” para un turismo nacional decaído
El nuevo reglamento a la Ley de Turismo establece créditos preferenciales y reestructuración de deudas
El Gobierno aprobó el reglamento general para la aplicación de la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Actividades Turísticas y Fomento del Empleo, que entre sus disposiciones otorga desde la banca pública créditos con tasas y plazos preferenciales al sector turístico e implementa condiciones de refinanciamiento para las operaciones existentes.
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Leer másEste reglamento, que según el ministro de Turismo, Niels Olsen, dará al sector “un respiro financiero y mejorará su promoción y competitividad”, se publica cinco días después de que gremios le pidieron al Gobierno que se declare en emergencia a la industria del turismo.
A inicios de este mes EXPRESO publicó un reporte con datos de distintas organizaciones en el que se indicaba que el aporte del sector turístico al Producto Interno Bruto por año (PIB) del país se redujo en 2023 con respecto a 2022 y que aún no alcanza los niveles de 2019, cuando llegó al 2,1 %.
¿Qué dice este reglamento? Como “alivio financiero”, este estatuto enumera 8 puntos que tienen que ver con la reestructuración de deudas. Indica que las entidades financieras públicas implementarán un mecanismo extraordinario y simplificado para deudas de hasta 1 millón de dólares, permitiendo plazos acordes al flujo financiero de cada negocio. Señala también que en un máximo de 60 días, la banca pública priorizará nuevos programas de acceso a créditos para sectores turísticos, agrícolas, pecuarios, silvícolas, pesqueros artesanales, acuícolas, entre otros.
Añade que los prestadores de servicios turísticos podrán reestructurar sus deudas tributarias con el SRI hasta por 24 meses sin cuota inicial, si no han cumplido sus obligaciones hasta el periodo 2023.
Que las pérdidas registradas en 2022 y 2023 podrán descontarse hasta por cinco años en el Impuesto a la Renta (IR), que los gastos en seguridad en 2024 podrán deducirse en un 50 % adicional para el cálculo del IR y que los establecimientos turísticos con deuda con el IESS podrán acceder a las facilidades de pago sin abono inicial.
Además indica que durante el conflicto armado interno el Gobierno podrá remitir intereses, multas y recargos de obligaciones tributarias generadas en ese periodo y que no se considerarán retrasos o faltas de pago los causados por fenómenos naturales o crisis sociales en zonas declaradas en estado de excepción.
El presidente de la Federación de Cámaras de Turismo del Ecuador, Holbach Muñeton, considera que este reglamento no mejorará la situación del turismo en el país, ya que, resalta, no incluye obligatoriedad del Gobierno hacia la banca. “Es más un ‘pónganse de acuerdo entre ustedes, bancos y deudores’”, opina.
Cuestiona además que el reglamento no incluye los cinco años cero impuestos (a excepción del IR) para tener mayor liquidez, algo que el Gobierno le había propuesto al sector. También, que para el establecimiento de la norma el Gobierno no haya llamado a reunión a los miembros de la industria del turismo y colectivos necesarios, como empresarios, gremios. “Habría sido interesante tener una reunión para saber cuáles son las necesidades, para sacar una norma que vaya directo a la vena”.
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Leer másEntre otras disposiciones importantes, el reglamento destaca la creación del Fondo de Desarrollo Turístico del Ecuador, financiado con las tasas Ecodelta y Potencia Turística, para apoyar programas y proyectos de promoción turística.
Entre los incentivos generales que establece esta normativa se detalla la eliminación del 5 % del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) a las aerolíneas y la eliminación progresiva del recargo al combustible aéreo del 5 % hasta llegar a 0 %. No obstante, desde el 2021, por decreto, las aerolíneas ya estaban exoneradas del ISD. La nueva propuesta intenta mantener ese beneficio, que quedó derogado con la puesta en marcha de la Ley de Conflicto Armado. Y sobre la eliminación del recargo al combustible, esta llega luego de 10 años de reclamos desde el sector aéreo y será de un punto al año.
El reglamento también fija la reducción del IR del 25 al 15 % por pagos al exterior por organización, producción y presentación de espectáculos artísticos.
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