
¿Cómo aplicar al alivio financiero en el SRI?
Existen varios beneficios a los que la ciudadanía puede aplicar y que se establecen en la Ley de Alivio Financiero
La Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico de las Generaciones en el Ecuador, entrada en vigencia en diciembre del año pasado, trae varios beneficios a los que la ciudadanía puede aplicar y que cuyos plazos de aplicación están por concluir.
Pequeñas deudas
Por ejemplo, la extinción de pequeñas deudas. El Servicio de Rentas Internas (SRI) condona deudas e intereses de hasta $460 para contribuyentes con obligaciones vencidas por más de un año. Este beneficio aplica a deudas en mora por más de un año y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2025.
Para acceder a este beneficio las deudas deben ser menores a un salario básico unificado (SBU) y deben estar en proceso de cobro o coactiva. Para ello el usuario debe presentar una solicitud formal a través del portal del SRI o en las oficinas correspondientes.
Negocios populares
Otra de las condonaciones que hace el SRI es las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), afectadas por la crisis energética quienes podrán reprogramar sus deudas y acceder a beneficios tributarios al registrarse en el Ministerio de Producción. Asimismo, este beneficio estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2025 y los usuarios deben presentar su solicitud formal, junto con su documentación.
Otros beneficios de la ley a los que se les acaba el plazo
Hasta el mes de mayo de 2025, las personas que entraron en coactiva por préstamos educativos con bancos públicos o que manejen fondos públicos, entre octubre y noviembre de 2024 cuando estaba en pleno auge la crisis energética, tienen la posibilidad de solicitar una suspensión al procedimiento administrativo de cobro y así beneficiarse de 12 meses de gracia para el pago de esas obligaciones.
Para ello, el interesado debe presentar una solicitud en la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt), después de 180 días después de entrada en vigencia la ley, es decir hasta aproximadamente junio de este año.
Esa solicitud no solo evitará la coactiva, sino que permitirá que se remita el 100 % del interés y recargos generados por las obligaciones de crédito educativo que hayan vencido o estén por vencer.
Este mismo beneficio contempla la condonación total para personas con discapacidad o enfermedades catastróficas.
MÁS BENEFICIOS
En marzo pasado, el presidente de Ecuador, Daniel Noboa Azín, firmó el Decreto 551, para ofrecer alivio financiero en Ecuador a diversos sectores afectados por la crisis energética y económica, con lo que también se estableció otras medidas de apoyo como la condonación de intereses y multas en trámites vehiculares, facilidades para el pago de créditos educativos y agroproductivos, y períodos de gracia para cubrir obligaciones pendientes.
Por ejemplo, los ciudadanos con deudas en la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) podrán beneficiarse de la condonación de intereses y multas hasta el 30 de junio de 2025, facilitando la renovación de licencias y matrículas vehiculares.
Para acogerse al beneficio, los ciudadanos deben pagar al menos el 30% de su deuda total antes del 30 de junio de 2025. Sin embargo, a partir del 1 de julio de 2025, quienes no hayan regularizado su situación enfrentarán nuevamente la aplicación de recargos.
Banca
La Ley de Alivio Financiero, así como el Decreto 551, establece la suspensión temporal de procesos coactivos en la banca pública para proteger a los deudores afectados por la crisis económica y energética en Ecuador. Según la normativa, las entidades financieras estatales no podrán ejecutar cobros coactivos sobre créditos vencidos hasta el 30 de junio de 2025.
Asimismo, para la banca cerrada, se condonan deudas de hasta $10,000 en la banca cerrada, aplicable por operación. Los deudores con obligaciones superiores a este monto pueden renegociar sus pagos sin intereses moratorios. Asimismo, dice la normativa, se implementan programas de diferimiento extraordinario y temporal para créditos vencidos entre el 10 de agosto de 2023 y el 31 de diciembre de 2024.
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