Cobranzas Ecuador: ¿Qué pruebas necesito para presentar denuncia por hostigamiento?
Conozca el listado de evidencias que pueden servirle a la hora de presentar una queja
Las malas prácticas que utilizan las empresas de cobranzas para forzar los pagos son penadas por la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, no solo establece una multa que podría llegar hasta los $ 9.000, sino que podría contemplar el pago de una indemnización.
Finanzas dice que tiene los recursos para pagar sueldos y décimos de diciembre
Leer másEsto es posible porque estos métodos que se utilizan, ya no solo afectan la rutina normal de una persona con llamadas insistentes que se hacen fuera de horarios de trabajo y fines de semana, sino con la emisión de notificaciones que violan su privacidad e incluso su buena imagen. Estos mensajes o correos se envía a familiares, jefes y compañeros de trabajo que no están relacionados a la deuda.
Ante este escenario, César Coronel, presidente de Defensa de Deudores de Ecuador, recuerda las vías que existen para denunciar estos métodos de cobro que terminan siendo un hostigamiento: entre ellos está el tema de recurrir a la Defensoría del Pueblo, la Superintendencia de Bancos y los jueces de intervención.
Coronel destaca la intervención de estos últimos, pues puede ser la vía más rápida y que puede terminar con reparación por daños a las víctimas. No obstante, para esto, hay que denunciar hechos que puedan ser probados.
Hostigamiento de cobros: ¿Cómo comprobarlo?
Coronel recomienda recopilar este tipo de pruebas, que puedan demostrar la afectación de estos métodos de cobros desmedidos. Entre estos están:
- Correos electrónicos.
- Mensajes de texto.
- Videos.
- Grabación de llamadas.
- Testigos.
- Peritaje psicológico.
La norma dispone que estas empresas únicamente podrán contactar al deudor, codeudor o al garante de quien debe. Existen excepciones, cuando el solicitante del crédito otorga el nombre de terceros, pero bajo el consentimiento de estos.
Defensa de Deudores ha identificado que al menos cinco empresas de cobranzas y dos negocios como tal, incurren en estas malas prácticas. La ley también establece una responsabilidad compartida, pues no solo la empresa de cobranzas podría llegar a ser investigada y sancionada, sino también la firma que ejerce un cobro directo o que contrata a una firma para realizar el cobro de la cartera que no ha podido ser recuperada.
¿Te gusta EXPRESO? SUSCRÍBETE AQUÍ