La contribución temporal por el conflicto interno se debe pagar hasta el 31 de marzo
Las empresas deben declarar este pago en el SRI, como lo establece la Ley para Enfrentar el Conflicto Interno
El Servicio de Rentas Internas (SRI) recordó que la Contribución Temporal de Seguridad (CTS) establecida en la Ley para enfrentar el Conflicto Armado Interno se debe declarar y pagar hasta el 31 de marzo de 2024.
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Leer másLa entidad tributaria recordó que esta contribución debe ser declarada y pagada por las sociedades definidas en el artículo 98 de la Ley de Régimen Tributario Interno, residentes fiscales en el Ecuador, así como los establecimientos permanentes de sociedades extranjeras en el país, que hayan obtenido ingresos gravados durante el ejercicio fiscal 2022. y que producto de estos hayan obtenido utilidad gravada.
Además, la tarifa de la Contribución Temporal de Seguridad (CTS) es del 3,25%, de la utilidad gravada con el Impuesto a la Renta del ejercicio fiscal 2022.
Se ha calculado una recaudación de unos 326 millones de dólares por esta contribución, según los datos de la Ley.
¿Cuál es el formulario para declarar y pagar?
El SRI señala que esta contribución se declara a través del formulario “Declaración y Pago para las Contribuciones Temporales”.
Están excluidos de la declaración y pago de esta Contribución Temporal de Seguridad (CTS) los bancos, cooperativas de ahorro y crédito, y micro y pequeñas empresas. Las entidades financieras deben pagar otra contribución denominada Contribución Temporal sobre Utilidades de los Bancos y Cooperativas de Ahorro y Crédito (CTBC). Se calcula que el fisco recaudará unos 126 millones de dólares por esta vía.
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Leer másEn ese caso, el plazo para declarar y pagar la CTBS, será hasta el 31 de mayo del 2024, inclusive para los contribuyentes que tengan su domicilio principal en la Provincia de Galápagos.
Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC24-00000009, el Servicio de Rentas Internas (SRI) expidió las normas para la declaración y pago de la Contribución Temporal de Seguridad (CTS) y de la Contribución sobre las Utilidades de los Bancos y Cooperativas de Ahorro y Crédito (CTBC), establecidas en la Ley Orgánica para Enfrentar el Conflicto Armado Interno. Puede acceder a la resolución aquí o en www.sri.gob.ec
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