En el ranking de cooperativas de segmento1, Juventud Ecuatoriana Progresista (JEP) sigue en la cabeza.
La JEP es una de las cooperativas más grandes del país.Archivo

Cooperativas consideradas de "importancia sistémica" deberán aumentar su capital

El objetivo es identificar entidades que podrían desencadenar un efecto de contagio en el sistema financiero.

La Junta de Política y Regulación Financiera ha emitido la Resolución Nro. JPRF-F-2025-0141 el 19 de marzo de 2025 la cual introduce una nueva metodología para identificar a las entidades financieras del sector popular y solidario que se consideran de importancia sistémica. 

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Según el documento, esta medida tiene como objetivo garantizar la estabilidad y solidez del sistema financiero nacional, en consonancia con los principios establecidos en la Constitución y en el Código Orgánico Monetario y Financiero.

La resolución define el Índice de Importancia Sistémica (IIS) como una herramienta para evaluar el riesgo sistémico de las entidades, considerando aspectos como el tamaño (medido a través de la participación en el activo total), la interconexión (relaciones financieras entre entidades), la sustituibilidad (capacidad de sustituir sus productos y servicios en el mercado) y la complejidad (grado de diversificación de las operaciones financieras). 

Cada uno de estos indicadores tiene una ponderación específica que, en conjunto, permiten identificar a aquellas instituciones que, de verse afectadas, podrían desencadenar un efecto de contagio en el sistema financiero.

El contagio en el sistema financiero se refiere a la propagación de crisis o problemas financieros de una entidad o sector a otros, afectando su estabilidad. Esto puede ocurrir debido a la interconexión entre bancos, mercados e instituciones financieras.

Las entidades que superen el umbral de 400 puntos básicos en el IIS serán clasificadas como sistémicas y estarán sujetas a un requerimiento adicional de patrimonio técnico primario. Este requerimiento se expresará como un porcentaje adicional sobre los activos ponderados por riesgo, el cual varía de acuerdo con el grado de importancia sistémica asignado. 

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La resolución establece diferentes grupos (buckets) y plazos para la adecuación del capital adicional, con el fin de mitigar riesgos y asegurar que estas instituciones cuenten con reservas suficientes para enfrentar situaciones de crisis. Se prevé que la implementación de este requerimiento adicional comience a regir a partir del año 2026.

La supervisión

Además, la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria será la entidad encargada de comunicar a las instituciones su grado de importancia sistémica y de vigilar el cumplimiento de estos nuevos requerimientos. Asimismo, se establece un mecanismo de revisión de la metodología cada dos años, lo que permitirá ajustar los criterios y parámetros conforme a las condiciones y evolución del mercado financiero.

Esta resolución representa un esfuerzo por parte del Estado, sostiene el documento, para fortalecer el marco regulatorio del sector financiero popular y solidario, promoviendo la transparencia y la prudencia en la administración de riesgos. Al establecer un sistema riguroso de identificación y clasificación de entidades sistémicas, se busca proteger la estabilidad del sistema financiero y, por ende, contribuir a la confianza de los inversores y usuarios en el mercado nacional.

La clasificación actual de las cooperativas

Las cooperativas pueden clasificarse en distintos segmentos según el monto de sus activos. Aquellas con más de 80 millones de dólares pertenecen al Segmento 1 y son las más grandes, mientras que el Segmento 2 agrupa a las que poseen entre 20 y 80 millones de dólares en activos. En un nivel intermedio, el Segmento 3 comprende a las cooperativas con activos de entre 5 y 20 millones de dólares. Finalmente, el Segmento 4 incluye a aquellas cuyo patrimonio oscila entre 1 y 5 millones de dólares. Esta segmentación permite establecer regulaciones y requerimientos diferenciados según la capacidad financiera de cada entidad.

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