¿Criptomonedas para pagos en Ecuador? Esto dice la nueva Ley de lavado activos
Esta es la nueva situación de los criptoactivos en el país con la 'Ley Antipillos' vigente
Una de las novedades que incluye la Ley para Combatir el Lavado de Activos, también denominada como 'Ley Antipillos', tiene que ver con los activos digitales, término que abarca divisas como criptomonedas. Es la primera vez que una norma ecuatoriana los menciona.
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La ley, que ya está en el Registro Oficial, modifica el Código Orgánico Monetario y Financiero e incorpora a los proveedores de activos digitales en el artículo de otros medios de pago.
El artículo 99.1 señala que los proveedores de servicios de activos virtuales son sujetos obligados que tienen como negocio o actividad de negocio el intercambio entre activos virtuales y monedas de curso legal; el intercambio entre uno o más formas de activos virtuales; la transferencia de activos virtuales; la custodia o administración de activos virtuales o instrumentos que permitan el control sobre activos virtuales; y la participación y provisión de servicios financieros relacionados con la oferta de un emisor o venta de un activo virtual."
Además, la Ley Antipillos señala que se considerará activo virtual a toda representación de valor registrada y almacenada electrónicamente, únicamente identificable incluso de manera fraccional, y utilizada entre el público como medio de pago para todo tipo de actos jurídicos y cuya transferencia únicamente puede llevarse a cabo de manera electrónica.
José Julio Neira
"No vamos a limitar el uso de las criptomonedas (...) vamos a controlarlo", aseguró en días pasados José Julio Neira, director de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE).
Además, aseguró Neira, que los proveedores de activos virtuales son ahora sujetos de control. Según el funcionario, las criptomonedas "se usa mucho en el crimen organizado y también la pornografía infantil".
"Que empiecen a reportar a la UAFE toda la información de la transacción: quién la origina, quien es el intermediario, quién es el beneficiario final", agregó el director de la UAFE.
¿Se podrá hacer pagos con criptomonedas?
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Leer másMartín Burbano de Lara, fundador de Iusnova Abogados Digitales y Chief Legal Officer de Payphon, explicó que la normativa da cuenta que las inversiones en criptoactivos son permitidos en Ecuador, más no los pagos.
"Si alguien transfiere estos activos, se considera como la transferencia de un activo, pero no como una forma de comprar bienes o servicios. Esto se debe a que las criptomonedas no son moneda de curso legal en Ecuador, y para que lo sean tendrían que estar reconocidas como tales en la Constitución, lo cual no sucederá", detalla el experto. Sin embargo, todavía se deben aclarar algunos aspectos, según el experto.
"Parece que la legislación aún no está completamente definida y que habrá que seguir ajustándola. Con las últimas reformas de la ley fintech y el Código Monetario, es posible que se cree una nueva normativa desde cero para definir mejor estos aspectos", agregó Burbano de Lara.
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