El décimo se achicará para el trabajador con jornada reducida
697.800 empleados cobrarán o perciben un bono navideño menor a 2019 debido a que sus sueldos han bajado. Se espera que las ventas se contraigan 10 %.
Elizabeth, trabajadora del sector público, no comprará regalos a sus familiares este año y no hará cena para festejar Navidad. “Tal vez daré una pequeña funda de caramelos o algo muy simbólico”, aseguró. Ella espera un menor decimotercer sueldo debido a que su jornada de trabajo se redujo.
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Leer másLos trabajadores del sector público y privado, cuyas jornadas laborales se han reducido para adaptarse a la crisis económica agravada por la pandemia de COVID-19, cobrarán un bono navideño menor en este diciembre, en caso que no hayan querido mensualizar el beneficio. Si decidieron cobrar mes a mes, la reducción debe haberse reflejado en sus salarios.
En el caso del sector privado, según el acuerdo ministerial MDT-2020-133, emitido el 15 de julio del 2020, que establece las directrices de la reducción de la jornada laboral que incluye la Ley de Apoyo Humanitario, los aportes al Seguro Social, décimos sueldos, vacaciones, fondos de reserva o utilidades se deberán pagar sobre las horas de la nueva jornada. Algo similar se establece para el sector público en el acuerdo ministerial MDT-2020-173.
“Si bajó la remuneración por la reducción de la jornada laboral también baja el decimotercer sueldo”, aseguró Iván Nolivos, abogado experto en materia laboral.
Hasta octubre pasado, 697.800 trabajadores laboraban en jornada reducida. De esa cantidad, 229.602 corresponden al sector público y 468.278 al sector privado, según datos del Ministerio de Trabajo.
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Leer másEl decimotercer sueldo o bono navideño es un beneficio que recibe todo trabajador en relación de dependencia. El monto corresponde a la doceava parte de las remuneraciones que el trabajador hubiere percibido entre el 1 de diciembre de 2019 y el 30 de noviembre de este año.
Para el cálculo del decimotercer sueldo se toma en cuenta todo lo que el trabajador recibe como remuneración, es decir, todo lo que reciba en dinero, en servicios o en especies, inclusive lo que percibiere por trabajos extraordinarios y suplementarios, a destajo, comisiones, participación en beneficios, el aporte individual al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) cuando lo asume el empleador, o cualquier otra retribución que tenga carácter normal en la industria o servicio.
Por ejemplo, si una persona recibía un sueldo de $ 1.000 al mes, en el que se incluían beneficios, hasta julio de este año, y desde agosto su sueldo pasó a $ 600, incluidos beneficios, deberá sumar sus 12 últimas remuneraciones ($ 1.000 de diciembre de 2019 a julio de 2020 y $ 600 de agosto a noviembre de 2020). La suma le dará $ 10.400. Ese número se divide para 12 y se obtiene el decimotercer sueldo: $ 866.
Las personas ahora prefieren ahorrar antes que gastar debido a la crisis.
Una reducción del decimotercer sueldo que se suma al desempleo y una economía recesiva también impactará en las ventas de diciembre, aseguró David López, jefe técnico de la Cámara de Comercio de Quito (CCQ).
Ante ese escenario, se prevé que las ventas en diciembre se reduzcan 10 % frente al mismo mes del año pasado. El año pasado, las ventas nacionales del sector privado formal, dijo López, bordearon los $ 12.000 millones. Para este año, se espera que ese monto disminuya en $ 2.000 millones.
Para incrementar las ventas, las empresas desde ya buscan implementar ofertas para reducir costos y atraer a clientes. También los negocios buscarán ampliar sus canales digitales de ventas.
“Las personas van a disminuir al máximo gastos en cenas o festejos”, aseguró Wilson Araque, director del Área de Gestión y Observatorio PyME, de la Universidad Andina Simón Bolívar. Una de las tendencias que podría ocurrir es que los trabajadores que reciban un décimo decidan ahorrar debido a la incertidumbre económica que ha dejado la pandemia. “Puede ser un buen punto de partida para el ahorro de emergencia”, dijo Araque.
Otros detalles del décimo
- Límite: Las empresas tienen como fecha límite hasta el 24 de diciembre para pagar el decimotercer sueldo a sus empleados. Esto si el trabajador o trabajadora ha pedido por escrito recibirlo de forma acumulada hasta esa fecha.
- Mensualidad: Tras la reforma laboral que se realizó en junio de 2015, según el mismo articulado, los trabajadores tienen derecho a que sus empresas o empleadores les paguen mensualmente este décimo, pero de manera proporcional.
- Cálculo: El bono navideño comprende la doceava parte de todo lo ganado durante el año calendario, según el Código de Trabajo. Para efectos del cálculo se considera desde 1 de diciembre del año pasado hasta el 30 de noviembre.