Deduzca desde intereses por deudas hasta pensión alimenticia
El Impuesto a la Renta se declara en marzo. EXPRESO ha preparado una lista de consejos para descontar los gastos menos comunes y evitar un pago alto
Marzo se acerca y las personas que en el 2019 obtuvieron ingresos iguales o superiores a los $ 11.315 anuales deberían estar ya preparados para declarar su Impuesto a la Renta (IR).
Este formulario que se presenta de forma individual ante el Servicio de Rentas Internas (SRI) debe tener el detalle de los ingresos, retenciones y gastos, montos con los cuales se confirmará el porcentaje que se debe pagar o no, como tributo.
Pero ¿qué estrategia emplear para evitar cancelar un monto alto? Jhon Hidalgo, director de la firma Hidalgo Auditores Asociados Cía LTDA-Audit Corporate, recuerda que el SRI contempla montos que puede deducir de sus gastos. La estrategia, dice, es percatarse primero en los límites que tiene en cada rubro (ver gráfico) y luego revisar los tipos de egresos que son menos comunes, para aprovecharlos. Aquí, algunas recomendaciones.
- INTERESES DE DEUDA
Si usted tiene un préstamo hipotecario tome en cuenta que los intereses que paga mensualmente por ese crédito son deducibles. Otros rubros que podría incluir en gastos de vivienda están relacionados a servicios básicos, impuestos prediales o alícuotas.
- PENSIÓN ALIMENTICIA
Los pagos por pensiones alimenticias también se pueden descontar, pero siempre y cuando se encuentren fijadas en actas de mediación o con resoluciones judiciales.
- APORTE AL IESS
Otra opción es deducir los aportes personales que realiza al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), excepto cuando estos sean pagados por el empleador o empresa.
- EN SALUD
Si usted registra gastos o valores que las empresas aseguradoras, por estrategia o políticas internas, no le cubrieron por el servicio de salud, sepa que esos montos también se pueden deducir, ya que no es necesario que cuenten con un documento como una factura.
- POR CARGAS
También cuentan los gastos de los padres, hijos mayores de edad e hijos del cónyuge o pareja en unión de hecho, dependientes del sujeto pasivo. No obstante, para que los padres sean considerados como dependientes, adicionalmente no deberán percibir individualmente pensiones jubilares por parte de la Seguridad Social o patronales.
- CASOS ESPECIALES
6.Cuando el gasto corresponda a enfermedades catastróficas, raras o huérfanas debidamente certificadas por la autoridad sanitaria competente, el valor máximo deducible será dos fracciones básicas desgravadas de IR. Estas enfermedades son: todo tipo de cáncer, todo tipo de malformaciones congénitas de corazón, tumor cerebral en cualquier estado, etc. También hay descuentos (de una fracción) para los adultos mayores y personas con discapacidad (dos fracciones, según el porcentaje de discapacidad).
- ACTIVIDAD PROFESIONAL
Dentro del grupo de personas naturales también están aquellos contribuyentes que tienen una actividad profesional que les genera ingresos por sobre los $ 300.000 y les obliga a llevar contabilidad. Ellas, dice el experto, también tienen la opción de acogerse a otro tipo de deducciones. Entre ellas la de poder descontar, por ejemplo, gastos relacionados a su actividad empresarial. Un ejemplo es el egreso que se tiene por vestimenta que está relacionada a su labor o los intereses que paga por un préstamo de capital de trabajo. También aplica si compró un vehículo, que le sirve para esa actividad.
La ley tributaria también entrega una opción de deducción para la sociedad conyugal. Cuando un cónyuge administra una actividad empresarial y el otro obtiene ingresos fruto de una actividad profesional, sus gastos pueden sumarse y dividirse para dos y cada uno declarar sobre la mitad.