La devolución de impuesto, un trámite digital pero con trabas
Problemas en el sistema y el tiempo de espera ralentizan el reembolso del impuesto a la renta. El SRI alega que se trata de problemas aislados
Que el SRI devuelva el pago en exceso del impuesto a la renta (IR) es un beneficio que muchos contribuyentes agradecen, pero a la par se ha convertido también en un ‘dolor de cabeza’ para ciertos contadores, encargados de encaminar el trámite de cobro para sus clientes. No solo se quejan por las trabas que dicen encontrar en el sistema digital, sino por el tiempo que deben esperar.
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Leer másEste valor corresponde a la retención a la fuente por el IR que las empresas aplican durante el año fiscal a sus trabajadores, quienes pueden utilizarlo como crédito tributario para la disminución del pago del total del impuesto o, de no ser necesario, pedir la devolución del pago, si así lo decide.
Sin embargo, este último proceso llega a generar malestar en el transcurso del trámite y cuando la solicitud de devolución es rechazada. Así lo asegura la contadora Joanna Torres. Ella revisó toda la información que una de sus clientas subió al portal del SRI y a su criterio todo estaba bien, pero el sistema le pedía que se acercara a la ventanilla de la entidad, ya que su presolicitud no había sido aceptada. “En la pantalla no se visualizó qué documentación estaba mal o faltaba, solo que se acerque a ventanilla”, indica Torres.
tuvieron una prevalidación fallida en las solicitudes presentadas.
Y el real problema inicia allí. Lo que molesta es el tiempo que muchas veces se debe esperar una vez que se llega a ventanilla: hasta seis meses más para tener una repuesta.
La contadora Mayra Párraga vive un caso similar, tratando de recuperar 586 dólares en beneficio de un cliente. “Intenté por dos ocasiones hacerlo de manera digital, pero las cantidades ingresadas no coincidían con Rentas y es porque mi cliente tiene retenciones físicas. Adicional, hay un centavo de diferencia por el rendimiento financiero y por ese centavo no me lo dejan pasar”, revela Párraga.
Ante esto, dice, no le queda otra opción que tramitarlo por la vía física, pero “me indican que debo esperar seis meses para tener una respuesta”, plazo límite establecido por el Código Tributario, y “a mi cliente le tocó aceptar, no le quedaba de otra”, dice Párraga.
Si bien la entidad asegura que “la mayoría de los trámites (devoluciones a grupos prioritarios, devoluciones de renta a personas naturales) se atienden en plazos que van de 10 a 30 días”, las profesionales aseveran que una vez que el trámite ingresa por ventanilla, deben esperar el tiempo máximo.
Según datos del Servicio de Rentas Internas (SRI), de enero a mayo de este año, 130.884 contribuyentes naturales y jurídicos han solicitado la devolución del crédito tributario, y Rentas ha restituido 213’837.815,07 dólares. No obstante, de esa cantidad, 54.587 contribuyentes tuvieron prevalidación fallida.
Francisco Briones, director del SRI, desmiente problemas en el proceso. Todo lo contrario, afirma que los montos de devolución se han duplicado. Sostiene que si existen problemas, se trata de casos puntuales que no se deben a fallas en el sistema.
Es falso que hay fallas en el sistema. Las devoluciones más bien se han duplicado.
La entidad tributaria explica que este tipo de inconveniente surge cuando “el contribuyente no presenta su declaración conforme al sustento en comprobantes de venta”, lo que es “el error más frecuente”. Por otra parte, desmiente que el sistema no informe con claridad la razón por la cual la solicitud no puede ser atendida por esa vía. Esto aunque los usuarios lo nieguen.
Sussan Zambrano es una de ellas, y a la autoridad le pide revisar estos inconvenientes. Comenta que entre marzo y abril de este año realizó 15 procesos para la devolución del impuesto a la renta, de los cuales tres presentaron problemas: subía la información a la plataforma, pero al mes sus clientes le reclamaban que el SRI no les había acreditado los valores correspondientes. Al revisar la página se dio cuenta de que ya no constaba lo que había ingresado, a pesar de que recibió un mensaje indicando que la presolicitud fue exitosa. Por ello, le tocó volver a realizar el trámite. Y este mes le pasó lo mismo.
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Leer más“El miércoles 7 de junio ingresé la información, me salió el mensaje de que la presolicitud había sido aprobada y el viernes, al volver a revisar, ya no estaba. La volví a subir. Hasta el momento sigue allí la declaración”, cuenta Zambrano.
Otro problema con la plataforma, señala Zambrano, es que “la información que tienen en ocasiones no cuadra con la que la empresa tiene, ya que estas suelen hacer la retención mucho tiempo después, dentro del año fiscal, y eso no se refleja en el sistema interno de ellos”.
Una vez, relata la contadora, “al SRI no le reflejaba la retención de junio de mi cliente y al llamar al hospital, este sí había declarado la retención, solo que no en el mes que era”. Por lo que, a su criterio, el software que utiliza la entidad debe actualizarse.
La contadora Ana María Secaira también realiza este proceso y, para ella, todo se solucionaría si la plataforma de la entidad recaudadora “creara una pestaña donde pudiéramos observar la información que tiene el SRI, para así poder buscar el documento. Esto no solo facilitaría nuestro trabajo, sino también el de la entidad”.