Ecuador vuelve a incluir a Albania en la lista de paraísos fiscales
En el 2022, en el gobierno del expresidente Guillermo Lasso, ese país fue excluido
El Servicio de Rentas Internas (SRI), reincorporó al listado de paraísos fiscales a Albania y añadió tres jurisdicciones más: República de Armenia, Georgia y Gibraltar. El fin de esta acción, informó, es fortalecer la lucha contra el crimen organizado, "realizando controles más rigurosos a los activos y transacciones ubicados en paraísos fiscales".
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Leer másEl ente recaudador en un comunicado, emitido este 27 de febrero de 2024, detalló que la decisión de reincorporar a Albania en esta lista "se basa en una revisión exhaustiva de la situación fiscal de ese país, al verificar que no cumple con los estándares internacionales en materia de transparencia fiscal y cooperación internacional".
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En el 2022, en el gobierno del expresidente Guillermo Lasso, Albania fue retirada de esta lista luego de comprometerse con el Foro Global a implementar un intercambio de información fiscal. Sin embargo, en ese momento, no había un dictamen definitivo sobre la efectividad de estas medidas, señala el SRI.
A inicios de este año, el Foro Global emitió una calificación que "indica que la información que comparte Albania no es satisfactoria, lo que implica una ausencia de un intercambio efectivo de información. Además, se destaca que Albania permite actividades que no se desarrollan sustancialmente dentro de su jurisdicción, lo que le permite acogerse a beneficios tributarios", se expone en el comunicado.
- ¿Qué condiciones debe cumplir un país para entrar a este listado?
El SRI recuerda que para que una jurisdicción sea parte de este listado, actualmente, la norma indica que debes cumplir mínimo dos de tres requisitos:
- Desarrollo no sustancial de actividades: Permitir actividades que no se desarrollen sustancialmente dentro de la respectiva jurisdicción o régimen, con el fin de acogerse a beneficios tributarios.
- Ausencia de un efectivo intercambio de información: Intercambio de información bajo estándares internacionales.
- Imposición efectiva, baja o nula: Tasa efectiva de impuesto a la renta inferior al 60% de tasa efectiva del Ecuador.
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