Los eventos con aforo de hasta 2.000 personas no pagarán 12 % de IVA
El parámetro es una de las tres condiciones que se incluirán en el Decreto que delineará las actividades artísticas que no gravarán el impuesto
El Ejecutivo alista la emisión de un nuevo Decreto que detallará cuáles son los eventos culturales y artísticos que, de acuerdo al artículo 56 de la Ley de régimen Tributario Interno, están exentos de pagar el 12 % del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Cumplir ciertos registros y el tamaño del aforo están dentro de los requisitos.
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Leer másFrancisco Briones, director del Servicio de Rentas Internas (SRI), señala que "con este Decreto se agregarán unos párrafos a este artículo para poder definir y rayar la cancha sobre cuáles son estos eventos con el beneficio", sostuvo.
Esta aclaración se da en medio de la vigencia de la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar que, desde julio pasado, dispuso el cobro del IVA para todo tipo de espectáculos públicos, entre ellos los partidos de fútbol y los cines.
Briones explica que, con este Decreto, los eventos artísticos y culturales tendrán un tratamiento diferente. Para ello, añadió, junto al Ministerio de Cultura y la Secretaría Jurídica de la Presidencia, se llegó a acordar que toda actividad, para ser catalogada como tal y quedar exentas del 12 %, deben cumplir con tres condiciones:
- Registro de promotores
Con el fin de formalizar el proceso, se decidió obligar que los promotores cuenten con un Registro Único de Actores Culturales (Ruac), que deberá tramitarse ante el Ministerio de Cultura.
- Registro de establecimientos
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Leer másEl establecimiento donde se vaya a realizar este evento también debe estar registrado en el catastro del Ministerio, como infraestructura cultural o espacio audiovisual.
- Cumplir con aforo
La tercera condición tiene que ver con el aforo, este no debe sobrepasar las 2.000 personas. Para establecer esto, dijo Briones, se tuvo que hacer un sondeo de los diferentes establecimientos donde se realizan shows en el país. A partir de esto, " pudimos ver que la mayoría de ellos se realizan en los teatros, en los espacios culturales", con excepción de los más grandes como el Ágora de la Casa de la Cultura, donde se sobrepasa ese límite, y donde generalmente, se celebran conciertos musicales.
Sobre los cines culturales
El Decreto también servirá para definir qué establecimiento debe ser considerado como un cine cultural. Estos serán encasillados como tal y podrán acceder a la exención del IVA, siempre y cuando en sus predios tengan hasta 3 pantallas.