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El cangrejo rojo y azul tienen dos períodos de veda durante el año.Archivo.

Se han decomisado 4.500 cangrejos por irrespetar su veda

El Ministerio de Producción recordó que el período de prohibición rige hasta el 2 de marzo de 2023.  

El Ministerio de Producción, Comercio Exterior e Inversiones informó este 14 de febrero de 2023 que se intensifican controles para erradicar la extracción y comercialización del cangrejo rojo en tiempos de veda. 

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La veda por reproducción de cangrejo será hasta el 2 de marzo de 2023

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Según la cartera de Estado, operativos y decomisos del cangrejo rojo (Ucides occidentalis) son parte de los trabajos que la entidad ejecuta en territorio, a través de la Subsecretaría de Recursos Pesqueros, para precautelar que se respete la veda de reproducción. 

Dichos operativos han dado como resultado, hasta la fecha, aproximadamente 4.500 unidades del crustáceo devueltos a su hábitat natural, desarrollándose en varios puntos de las provincias del Guayas y El Oro desde el pasado 28 de enero de 2023, con la finalidad de que la cópula sea realizada exitosamente, aportando nuevos individuos a la población explotable y que éste se mantenga sustentable. 

Además, inspectores de la Dirección de Control Pesquero, en coordinación con personal de la Unidad Nacional de Policía de Protección del Ambiente (UPMA), Comando de Guardacostas de las Fuerzas Armadas (COGUAR) y Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica recorren las caletas pesqueras y puntos estratégicos donde se comercializa el recurso clandestinamente. 

El Ministerio recordó que durante este tiempo, hasta el próximo 2 de marzo de 2023, se prohíbe la captura, transporte, posesión, procesamiento y comercialización interna y externa del crustáceo. 

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La veda por reproducción de cangrejo será hasta el 2 de marzo de 2023

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La autoridad pesquera realiza, además, campañas de difusión en los lugares de extracción y centros de comercialización con el objetivo de que los ecuatorianos se concienticen en respetar los periodos de veda, quienes incumplan la Ley, serán sancionados acorde lo tipificado en el capítulo IV de la Ley Orgánica para el Desarrollo de la Acuicultura y Pesca.